Artículo 123 de la Ley 37/1992: Contenido del régimen simplificado
Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido · 153 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
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Texto del artículo
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2006 · 5 redacciones desde su aprobación · texto consolidado del BOE actualizado el 7 de octubre de 2026.
Uno. A) Los empresarios o profesionales acogidos al régimen simplificado determinarán, para cada actividad a que resulte aplicable este régimen especial, el importe de las cuotas devengadas en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido y del recargo de equivalencia, en virtud de los índices, módulos y demás parámetros, así como del procedimiento que establezca el Ministro de Economía y Hacienda.
Del importe de las cuotas devengadas indicado en el párrafo anterior, podrá deducirse el importe de las cuotas soportadas o satisfechas por operaciones corrientes relativas a bienes o servicios afectados a la actividad por la que el empresario o profesional esté acogido a este régimen especial, de conformidad con lo previsto en el Capítulo I del Título VIII de esta Ley. No obstante, la deducción de las mismas se ajustará a las siguientes reglas:
a) No serán deducibles las cuotas soportadas por los servicios de desplazamiento o viajes, hostelería y restauración en el supuesto de empresarios o profesionales que desarrollen su actividad en local determinado. A estos efectos, se considerará local determinado cualquier edificación, excluyendo los almacenes, aparcamientos o depósitos cerrados al público.
b) Las cuotas soportadas o satisfechas sólo serán deducibles en la declaración-liquidación correspondiente al último período impositivo del año en el que deban entenderse soportadas o satisfechas, por lo que, con independencia del régimen de tributación aplicable en años sucesivos, no procederá su deducción en un período impositivo posterior.
c) Cuando se realicen adquisiciones o importaciones de bienes y servicios para su utilización en común en varias actividades por las que el empresario o profesional esté acogido a este régimen especial, la cuota a deducir en cada una de ellas será la que resulte del prorrateo en función de su utilización efectiva. Si no fuese posible aplicar dicho procedimiento, se imputarán por partes iguales a cada una de las actividades.
d) Podrán deducirse las compensaciones agrícolas a que se refiere el artículo 130 de esta Ley, satisfechas por los empresarios o profesionales por la adquisición de bienes o servicios a empresarios acogidos al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
e) Adicionalmente, los empresarios o profesionales tendrán derecho, en relación con las actividades por las que estén acogidos a este régimen especial, a deducir el 1 por ciento del importe de la cuota devengada a que se refiere el párrafo primero de este apartado, en concepto de cuotas soportadas de difícil justificación.
B) Al importe resultante de lo dispuesto en la letra anterior se añadirán las cuotas devengadas por las siguientes operaciones:
1.º Las adquisiciones intracomunitarias de bienes.
2.º Las operaciones a que se refiere el artículo 84, apartado uno, número 2.º de esta Ley.
3.º Las entregas de activos fijos materiales y las transmisiones de activos fijos inmateriales.
C) Del resultado de las dos letras anteriores se deducirá el importe de las cuotas soportadas o satisfechas por la adquisición o importación de activos fijos, considerándose como tales los elementos del inmovilizado y, en particular, aquéllos de los que se disponga en virtud de contratos de arrendamiento financiero con opción de compra, tanto si dicha opción es vinculante, como si no lo es.
El ejercicio de este derecho a la deducción se efectuará en los términos que reglamentariamente se establezcan.
D) La liquidación del impuesto correspondiente a las importaciones de bienes destinados a ser utilizados en actividades por las que el empresario o profesional esté acogido a este régimen especial, se efectuará con arreglo a las normas generales establecidas para la liquidación de las importaciones de bienes.
Dos. En la estimación indirecta del Impuesto sobre el Valor Añadido se tendrán en cuenta preferentemente los índices, módulos y demás parámetros establecidos para el régimen simplificado, cuando se trate de sujetos pasivos que hayan renunciado a este último régimen.
Tres. Los sujetos pasivos que hubiesen incurrido en omisión o falseamiento de los índices, módulos a que se refiere el apartado uno anterior, estarán obligados al pago de las cuotas tributarias totales que resulten de la aplicación del régimen simplificado, con las sanciones e intereses de demora que proceda.
Cuatro. Reglamentariamente se regulará este régimen simplificado y se determinarán las obligaciones formales y registrales que deberán cumplir los sujetos pasivos acogidos al mismo.
Cinco. En el supuesto de que el sujeto pasivo acogido al régimen especial simplificado realice otras actividades empresariales o profesionales sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido, las sometidas al referido régimen especial tendrán en todo caso la consideración de sector diferenciado de la actividad económica.
Notas del BOE sobre las modificaciones (4)
Se modifica el apartado 1.A) y C) por el art. único.6 y 7 de la Ley 3/2006, de 29 de marzo. Ref. BOE-A-2006-5691.
Se modifica el apartado 1 por el art. 4.20 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-25412.
Se modifica por el art. 6.22 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1997-28053
Se modifica el apartado 5.4º por el art. 10.9 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-29117
Doctrina por apartados
- Uno A) Los empresarios o profesionales acogidos al régimen simplificado determinarán, para cada actividad a que resulte apli
- A) Los empresarios o profesionales acogidos al régimen simplificado determinarán, para cada actividad a que resulte aplicab
- B) Al importe resultante de lo dispuesto en la letra anterior se añadirán las cuotas devengadas por las siguientes operacio
- Cuatro Reglamentariamente se regulará este régimen simplificado y se determinarán las obligaciones formales y registrales que d
- Cinco En el supuesto de que el sujeto pasivo acogido al régimen especial simplificado realice otras actividades empresariales
- 4º Las entregas de las edificaciones a que se refieren las letras a) y b) del apartado dos del artículo 6 de esta Ley, de b
Consultas y resoluciones que lo citan
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- V3083-17 Cómputo del módulo personal no asalariado a efectos del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
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- V0441-17 Procedencia del supuesto del artículo 84.Uno.2º.a).c') de la Ley 37/1992, que implica la no aplicación de la regla de inversión el sujeto pasivo. Efecto de las operaciones intracomunitarias…
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- V3036-13 Incidencia en el régimen simplificado de la realización de dichas operaciones.
- V3034-13 Cómputo de los módulos en el régimen simplificado.
- V2864-13 1. Tributación en el IAE; 2. Tributación en el IVA; 3. Tributación en el IRPF.
- V1797-13 Procedencia de modificación de la base imponible.
- V0241-13 Deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de los materiales precisos para su montaje.
- V2549-12 Deducibilidad del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado en cada una de las cuotas del leasing que está pagando por el vehículo que tiene de baja temporal.
- V2546-12 Régimen aplicable en el Impuesto sobre el Valor Añadido al conjunto de su actividad. - Deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de los aparatos de aire acondicionado…
- V2307-11 Si el cambio completo del motor del vehículo afecto a la actividad de aototaxi se considera adquisición de un activo fijo o, en su caso, adquisición de un bien corriente a efectos…
- V1605-11 1ª Si la mencionada inversión podrá ser amortizada en el método de estimación objetiva. 2ª Deducibilidad del IVA soportado por el aislamiento acústico en el régimen simplificado del IVA.
- V0839-11 Cómputo del módulo personal empleado a efectos del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido
- V0816-11 Cómputo del módulo personal empleado a efectos del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0775-11 Si el Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por las obras se deduce como activo fijo o como adquisición de bienes corrientes.
- V0263-11 Deducción de la cuota soportada en la aplicación del citado vehículo. - Forma de acreditar y establecer el grado de afectación del mismo a la actividad.
- V1585-10 Incidencia en el régimen simplificado de la realización de dichos servicios.
- V1574-10 Sociedad civil integrada por dos personas físicas que son los titulares de la actividad. Dicha Sociedad está matriculada en el epígrafe 501.3 "Albañilería y pequeños trabajos…
- V1106-10 Si es deducible el 100 por ciento de la cuota soportada en la adquisición del local, aunque sea un bien ganancial. - Regularización de las cuotas deducidas por dicho local con motivo…
- V0938-10 Epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas en que debe matricularse. - Deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de los aparatos de aire acondicionado que instala.
- V0276-10 Si puede deducirse la cuota que soporte por la citada adquisición y, en su caso, momento de solicita la devolución del saldo a su favor.
- V0115-10 1ª.- Si las referidas obras tienen la calificación de gastos de establecimiento y, en consecuencia, pueden amortizarse en el método de estimación objetiva. 2ª.- En cuanto al IVA, si el IVA…
- V0031-10 Deducción de las cuotas soportadas por dichas subcontrataciones. Obligación de darse de alta en los epígrafes del IAE correspondientes a los trabajos que se incluyen en factura.
- V2769-09 Deducción de las cuotas soportadas por la adquisición de dichas grúas.
- V2432-09 Modificación de la base imponible correspondiente a los créditos impagados.
- V2250-09 1ª Si a efectos del IVA se considera bien de inversión la sustitución íntegra del motor. 2ª Si, a efectos del IRPF, puede amortizar dicha sustitución.
- V1949-09 Epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas en que debe matricularse. - Deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de los aparatos de aire acondicionado que instala.
- V1941-09 Deducción de las cuotas soportadas por la adquisición de la citada parcela.
- V1844-09 Deducción de la cuota soportada en la adquisición del citado vehículo.
- V0856-09 Tipo impositivo aplicable a las entregas de dichos animales. - Porcentaje que debe aplicar para calcular la cuota trimestral a efectos del régimen simplificado.
- V0853-09 Incidencia en el régimen simplificado de la realización de dichos servicios exentos o no sujetos al Impuesto.
- V2301-08 Si puede deducirse el IVA soportado por el uso de la plaza de aparcamiento donde estaciona dicho vehículo.
- V0013-08 1.- Tributación en el Impuesto de las operaciones señaladas y, en particular, procedencia del régimen especial del recargo de equivalencia. 2.- Devengo del Impuesto cuando se afecten…
- V0012-08 1.- Tributación en el Impuesto de las operaciones señaladas y, en particular, procedencia del régimen especial del recargo de equivalencia. 2.- Devengo del Impuesto cuando se afecten…
- V1363-07 Forma de calcular la utilización anual de cada módulo a cada sector de actividad.
- V1243-07 Si las ruedas del camión pueden considerarse como bienes de inversión, tanto en IRPF como en IVA.
- 0016-07 1. Si ha de traspasarse de su patrimonio empresarial (módulos) a su patrimonio personal para luego aplicar el IVA a la operación o es válido el traspaso directo de su patrimonio empresarial…
- V0788-07 Si la comunicación previa de inicio de actividad es motivo para la exclusión del método de estimación objetiva del IRPF y del régimen especial simplificado del IVA de la actividad…
- V0405-07 Deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de los bienes citados.
- V0397-07 Epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas en que debe matricularse para realizar las operaciones relativas al pan que vende. - Régimen de tributación en el Impuesto sobre el Valor…
- V2558-06 Si dicha cantidad adicional percibida por el contrato de exclusividad suscrito con la empresa operadora se entienden incluidas en el cálculo del rendimiento neto de la actividad…
- V2276-06 1ª Puede desgravar el IVA soportado en la adquisición del vehículo mixto, al destinarlo al transporte privado, complementario de su actividad. 2ª Puede desgravar el IVA soportado…
- V2267-06 1ª Puede realizar la totalidad de las operaciones antes mencionadas estando matriculado solamente en el epígrafe 504.2 del IAE. 2ª Puede determinar su rendimiento neto por el método…
- V1377-06 Repercusión del IVA por la compañía gestora del ferry. - Declaración del transporte recibido y prestado en el 349.
- V1275-06 Si cabe deducir la cuota soportada en la adquisición del citado vehículo de turismo así como las cuotas soportadas por los gastos del mismo en la proporción de, al menos , el 50 por ciento.
- V1074-06 Repercusión del IVA por la compañía gestora del ferry y liquidación del servicio.
- V0864-06 Deducción de la cuota soportada en la adquisición del citado vehículo de turismo así como las cuotas soportadas por los gastos del mismo.
- V0862-06 Deducción de la cuota soportada en la adquisición del citado vehículo y en que proporción.
- V0611-06 Forma de cómputo del módulo personal no asalariado en la actividad acogida al régimen simplificado.
- V0600-06 Deducción de las cuotas soportadas por dichas subcontrataciones.
- V2551-05 Vigencia actual del Régimen.
- V2150-05 Deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de los bienes citados.
- V2131-05 Deducción de las cuotas soportadas tanto en la adquisición de los bienes citados como en las de los servicios de las que es destinatario.
- V1059-05 Tributando por el régimen general del Impuesto sobre el Valor Añadido, si son deducibles las cuotas soportadas en la adquisición de todos los elementos necesarios descritos y que forman…
- V1058-05 Tributando por el régimen general del Impuesto sobre el Valor Añadido, si son deducibles las cuotas soportadas en la adquisición de todos los elementos necesarios descritos y que forman…
- V1057-05 Deducción de las cuotas soportadas tanto en la adquisición de las placas solares como en la de los materiales precisos para su montaje.
- 0155-05 Si puede continuar dado de alta en el epígrafe 722, y por tanto tributar en estimación objetiva y régimen simplificado de IVA. Si en el caso de que prestase el servicio a través…
- 0153-05 Si dicha cantidad adicional percibida por el contrato de exclusividad suscrito con la empresa operadora se entienden incluidas en el cálculo del rendimiento neto de la actividad…
- V0276-05 Deducción de la cuota soportada en la adquisición del citado vehículo de turismo. - Forma de acreditar el grado de afectación del citado vehículo a la actividad.
- V0264-05 Si puede deducirse el IVA soportado por gastos facturados por la Compañía marítima que le transporta a Baleares.
- TEA 02057/2002 IVA. Régimen Simplificado. Bien no calificado como bien de inversión. Deducción de cuotas.
- V0329-04 Si dicha cantidad adicional percibida por el contrato de exclusividad suscrito con la empresa operadora se entienden incluidas en el cálculo del rendimiento neto de la actividad…
- 1999-04 Si la facturación recibida de los empresarios subcontratados afecta para la exclusión del régimen simplificado.- Deducción de las cuotas soportadas por dichas subcontrataciones.- Deducción…
- TEA 00017/2003 IVA. Régimen simplificado. Cuotas soportadas en adquisición de vehículo. Derecho a la deducción de las cuotas antes de la reforma de la Ley 66/1997.
- 1454-04 Bonificaciones aplicables en el módulo de IVA para dicho contrato.- Limites aplicables habiendo trabajado por cuenta ajena para empresa a la que actualmente factura.
- 1095-04 Si es aplicable al régimen simplificado las limitaciones del concepto de bienes de inversión previstas en el artículo 108 de la Ley 37/92.
- 1017-04 Deducción de las cutas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportadas por la adquisición de los siguientes bienes:- Aparato taxímetro.- Módulo tarifario.- Mampara de seguridad.- Emisora…
- 0747-04 Si las cantidades percibidas por los establecimientos de hostelería que firmen contratos de exclusividad con empresas operadoras a cambio de una cantidad se entienden incluidas…
- 0725-04 Si las cantidades percibidas por los establecimientos de hostelería que firmen contratos de exclusividad con empresas operadoras a cambio de una cantidad se entienden incluidas…
- 0718-04 Posibilidad de que sus módulos sean incrementados como consecuencia de la contratación con otros transportistas. Deducción de las cuotas soportadas.
- 0661-04 Si puede deducirse el IVA soportado en la compra de productos de albañilería necesarios para desarrollar su actividad de fontanería.
- 0370-04 Incidencia de servicios exentos de transporte en el régimen simplificado.
- 0297-04 Deducción de la cuota soportada en la adquisición del citado vehículo de turismo.
- 0266-04 Deducción de las cuotas soportadas por gastos de viajes, hostelería y restauración.
- 0212-04 Empresario acogido al régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- 2097-03 Deducibilidad del Impuesto sobre el Valor Añadido satisfecho en cada una de las cuotas del leasing que está pagando (tractocamión dado de baja y cisterna).- En el supuesto de ser deducible…
- 2075-03 Determinación de los materiales cuya adquisición puede originar el derecho a la deducción de las correspondientes cuotas soportadas.
- 1935-03 1º Si tiene obligación de darse de baja de sus obligaciones fiscales durante el período de duración de las obras de rehabilitación. 2º Tributación de la indemnización percibida…
- 1849-03 1ª Cuáles son las operaciones excluidas de la aplicación de los regímenes de estimación objetiva del IRPF y del régimen especial simplificado del IVA. 2ª Si en el año 2002 está obligado…
- 1709-03 1ª Puede realizar la totalidad de las operaciones antes mencionadas estando matriculado en el epígrafe 504.2 del IAE. 2ª Puede determinar su rendimiento neto por el régimen de estimación…
- 0773-03 Deducción de las citadas cuotas soportadas.
- 0772-03 Deducción de las citadas cuotas soportadas.
- 0623-03 Deducción de la cuota soportada por dicha operación.
- 0465-03 Deducción de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado en la adquisición de combustible.- Clase de cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas en que debe darse de alta.
- 1455-02 Deducción de las cuotas soportadas por la realización de las citadas obras.
- 2284-01 Deducción del Impuesto soportado.
- 2130-01 Deducción en el IRPF de los gastos generados en la construcción del inmueble. - Deducción del IVA soportado en la construcción del inmueble.
- 1740-01 Tratamiento fiscal de las referidas operaciones de arrendamiento financiero a efectos de los siguientes tributos y regímenes impositivos del arrendatario: - Impuesto sobre Sociedades. -…
- 1719-01 1. Deducibilidad del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado en la adquisición del vehículo.2. Deducibilidd de la amortización del vehículo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas…
- 1341-01 Deducción en el IVA de las cuotas soportadas por la adquisición y los gastos de mantenimiento, combustible, etc. Deducción de la amortización del vehículo en el IRPF.
- 1123-01 1ª.- Si para cuantificar el módulo "potencia fiscal vehículo" deben tenerse en consideración los CVF de la maquinaria que utiliza. 2ª.- Si el IVA soportado por el leasing…
- 1122-01 1ª.- Si para cuantificar el módulo "potencia fiscal vehículo" deben tenerse en consideración los CVF de la maquinaria que utiliza. 2ª.- Si el IVA soportado por el leasing…
- 0904-01 Deducción del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado como adquisición de bienes y servicios corrientes.
- 0903-01 Imputación del IVA soportado a cada actividad cuando solamente instala los artículos de fabricación propia.
- 0277-01 Deducción de la cuota soportadas por la adquisición de activos fijos y, en su caso, regularización de las cuotas soportadas antes de 1 de enero de 1998.
- 2135-00 Posibilidad de afectar parcialmente el vehículo a la actividad. - Deducibilidad del IVA soportado por la adquisición del vehículo y por los gastos de su utilización. - Deducción…
- 2134-00 Deducibilidad del IVA soportado por la adquisición del vehículo. -Aplicación en el cálculo de rendimiento de la actividad de la minoración por incentivos a la inversión.
- 2087-00 Cálculo del módulo "potencia fiscal del vehículo". - Deducibilidad del IVA soportado en su adquisición y en los gastos de utilización. - Amortización del vehículo.
- 1729-00 Devengo del Impuesto correspondiente a dicho arrendamiento financiero. -Deducción de la cuota soportada por la adquisición de activos fijos. -Tributación de la transmisión de la totalidad…
- 1443-00 Libros contables que han de llevarse en el régimen de estimación directa y en el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Libros contables que han…
- 1436-00 1. Obligación de diligenciar ante la Administración Tributaria los libros registro obligatorios a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 2. Cálculo del límite…
- 0103-99 Deducción de la cuota soportada por la adquisición de activos fijos.
- 0862-00 Consecuencias en el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la tributación en un único epígrafe.
- 0174-00 1. Deducibilidad del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado en la reforma del local arrendado. 2. Posibilidad de amortizar dicha reforma en el Impuesto sobre la Renta de las Personas…
- 0120-00 1.- Si, a efectos de lo establecido en el art. 123. cinco Ley 37/92 del IVA, las obras de acondicionamiento pueden considerarse adquisición de bienes inmuebles o adquisición de activo fijo…
- 2308-99 Deducción en el año 1998 de alguna cuota del Impuesto soportada en dicha adquisición.
- 1648-99 Procedencia de efectuar en el año 1998 la regularización de la cuota del Impuesto sobre el Valor Añadido soportada por el vehículo siniestrado.
- 1308-99 Si tales gastos tienen la consideración de adquisición de activos fijos según lo previsto en el artículo 38.2 del Reglamento del Impuesto.
- 0608-99 Deducción en el año 1.998 de alguna cuota del Impuesto soportada por dicho arrendamiento financiero.
- 0234-99 Si tales gastos tienen la consideración de adquisición de activos fijos según lo previsto en el artículo 38.2 del Reglamento del Impuesto.
- 0218-99 Deducción de las cuotas soportadas por las operaciones mencionadas y, en su caso, devolución de las mismas.
- 0104-99 Deducción de las cuotas soportadas por dicha operación durante los años 1995, 1996 y 1997.
- 0102-99 Deducción de la cuota soportada y, en su caso, devolución de la misma. - Regularización de la citada cuota conforme a lo previsto en el artículo 107 de la Ley 37/92.
- 2012-98 1.- Consecuencias en el Impuesto sobre el Valor Añadido de la subrogación aludida. 2.- Consecuencias en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Forma de calcular el incremento…
- 2003-98 Si dicha actividad podría estar incluida en el régimen simplificado de IVA y que tipo de gravamen resultaría aplicable. - Si dicha actividad podría estar incluida en el régimen…
- 1901-98 Posibilidad de deducir las cuotas soportadas en el extranjero por gastos efectuados en Italia, Alemania y Francia.
- 1595-98 Posibilidad de efectuar la regularización de la deducción de las cuotas soportadas en el año 1997 por la adquisición de dichos bienes muebles. - Si el IVA soportado en la adquisición…
- 1565-98 Obligación de calcular y liquidar la cuota devengada por dicho régimen.
- 1050-98 Si tales gastos tienen la consideración de adquisición de activos fijos según lo previsto en el artículo 38.2 del Reglamento del Impuesto. - Requisitos de la factura para ejercitar…
- 0129-98 Empresario persona física titular de una actividad acogida al régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido que en el año 1997 adquirió un local para ejercer su actividad…
- 0118-98 Tipo impositivo aplicable a las operaciones realizadas en la explotación agrícola. - Deducción del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado tanto en el Proyecto del Ingeniero y adquisición…
- 0070-98 Consideración de los referidas obras de acondicionamiento como "activo inmaterial". - Obligación de ingresar el IVA en caso de traspasar el negocio.
- 2582-97 Tipo impositivo aplicable. - Base imponible. - Liquidación e ingreso de las cuotas devengadas.
- 2530-97 Sujeción y, en su caso, exención del Impuesto sobre el Valor Añadido de dichas operaciones.
- 2214-97 Posibilidad de deducir el IVA soportado en la compra del local y forma de reflejarlo en las declaraciones. Gasto deducible en el IRPF, y forma de reflejarlo contablemente…
- 2014-97 Deducción de las cuotas soportadas en la mencionada construcción.
- 2008-97 Deducción del Impuesto soportado por la ejecución de obras de construcción de la nave, y la adquisición de materiales y servicios.
- 1957-97 Deducción de las cuotas soportadas por dicho local.
- 0982-97 Deducción, en su caso, de la cuota del Impuesto sobre el Valor Añadido que soportará por dicha adquisición. - Circunstancias que deben constar en la escritura de compraventa para que dicha…
- 0930-97 Deducción de las cuotas soportadas tanto en la construcción de la nave como en las instalaciones. - Renuncia, en caso de ser negativa la cuestión anterior, el régimen de módulos y régimen…
- 0556-97 Obligación de liquidar e ingresar el impuesto por estas adquisiciones intracomunitarias. - Obligación de presentar el Modelo de Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias…