Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 123.Cinco de la Ley 37/1992

Contenido del régimen simplificado · 11 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 1 de enero de 2006.

Cinco. En el supuesto de que el sujeto pasivo acogido al régimen especial simplificado realice otras actividades empresariales o profesionales sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido, las sometidas al referido régimen especial tendrán en todo caso la consideración de sector diferenciado de la actividad económica.

Consultas y resoluciones que lo citan