Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 78.Tres.1º de la Ley 37/1992

Base imponible. Regla general · 227 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 10 de noviembre de 2017.

Tres. No se incluirán en la base imponible:

1.º Las cantidades percibidas por razón de indemnizaciones, distintas de las contempladas en el apartado anterior que, por su naturaleza y función, no constituyan contraprestación o compensación de las entregas de bienes o prestaciones de servicios sujetas al impuesto.

Consultas y resoluciones que lo citan