Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 84.Tres de la Ley 37/1992

Sujetos pasivos · 209 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 1 de enero de 2023.

Tres. Tienen la consideración de sujetos pasivos las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, careciendo de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición, cuando realicen operaciones sujetas al Impuesto.

Consultas y resoluciones que lo citan