Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 70.Uno.3º de la Ley 37/1992

Lugar de realización de las prestaciones de servicios. Reglas especiales · 116 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 26 de mayo de 2023.

Uno. Se entenderán prestados en el territorio de aplicación del Impuesto los siguientes servicios:

3.º El acceso a manifestaciones culturales, artísticas, deportivas, científicas, educativas, recreativas o similares, como las ferias y exposiciones, y los servicios accesorios al mismo, siempre que su destinatario sea un empresario o profesional actuando como tal y dichas manifestaciones tengan lugar efectivamente en el citado territorio.

Consultas y resoluciones que lo citan