Artículo 70 de la Ley 37/1992: Lugar de realización de las prestaciones de servicios. Reglas especiales
Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido · 1802 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
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Redacción vigente desde el 26 de mayo de 2023 · 21 redacciones desde su aprobación · texto consolidado del BOE actualizado el 7 de octubre de 2026.
Uno. Se entenderán prestados en el territorio de aplicación del Impuesto los siguientes servicios:
1.º Los relacionados con bienes inmuebles que radiquen en el citado territorio.
Se considerarán relacionados con bienes inmuebles, entre otros, los siguientes servicios:
a) El arrendamiento o cesión de uso por cualquier título de dichos bienes, incluidas las viviendas amuebladas.
b) Los relativos a la preparación, coordinación y realización de las ejecuciones de obra inmobiliarias.
c) Los de carácter técnico relativos a dichas ejecuciones de obra, incluidos los prestados por arquitectos, arquitectos técnicos e ingenieros.
d) Los de gestión relativos a bienes inmuebles u operaciones inmobiliarias.
e) Los de vigilancia o seguridad relativos a bienes inmuebles.
f) Los de alquiler de cajas de seguridad.
g) La utilización de vías de peaje.
h) Los de alojamiento en establecimientos de hostelería, acampamento y balneario.
2.º Los de transporte que se citan a continuación, por la parte de trayecto que discurra por el territorio de aplicación del Impuesto tal y como éste se define en el artículo 3 de esta Ley:
a) Los de transporte de pasajeros, cualquiera que sea su destinatario.
b) Los de transporte de bienes distintos de los referidos en el artículo 72 de esta Ley cuyo destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal.
3.º El acceso a manifestaciones culturales, artísticas, deportivas, científicas, educativas, recreativas o similares, como las ferias y exposiciones, y los servicios accesorios al mismo, siempre que su destinatario sea un empresario o profesional actuando como tal y dichas manifestaciones tengan lugar efectivamente en el citado territorio.
4.º Los prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión, cuando el destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal, siempre que éste se encuentre establecido o tenga su residencia o domicilio habitual en el territorio de aplicación del impuesto, en los siguientes casos:
a) Cuando concurran los siguientes requisitos:
a’) que sean efectuados por un empresario o profesional que actúe como tal establecido únicamente en otro Estado miembro por tener en el mismo la sede de su actividad económica, o su único establecimiento o establecimientos permanentes en la Comunidad, o, en su defecto, el lugar de su domicilio permanente o residencia habitual; y
b’) que se haya superado el límite previsto en el artículo 73 de esta Ley o que se haya ejercitado la opción de tributación en destino prevista en dicho artículo.
b) Que sean efectuados por un empresario o profesional que actúe como tal distinto de los referidos en la letra a’) de la letra a) anterior.
5.º A) Los de restauración y catering en los siguientes supuestos:
a) Los prestados a bordo de un buque, de un avión o de un tren, en el curso de la parte de un transporte de pasajeros realizado en la Comunidad cuyo lugar de inicio se encuentre en el territorio de aplicación del Impuesto.
Cuando se trate de un transporte de ida y vuelta, el trayecto de vuelta se considerará como un transporte distinto.
b) Los restantes servicios de restauración y catering cuando se presten materialmente en el territorio de aplicación del Impuesto.
B) A los efectos de lo dispuesto en el apartado A), letra a), de este número, se considerará como:
a) Parte de un transporte de pasajeros realizado en la Comunidad: la parte de un transporte de pasajeros que, sin hacer escala en un país o territorio tercero, discurra entre los lugares de inicio y de llegada situados en la Comunidad.
b) Lugar de inicio: el primer lugar previsto para el embarque de pasajeros en la Comunidad, incluso después de la última escala fuera de la Comunidad.
c) Lugar de llegada: el último lugar previsto para el desembarque en la Comunidad de pasajeros embarcados también en ella, incluso antes de otra escala hecha en un país o territorio tercero.
6.º Los de mediación en nombre y por cuenta ajena cuyo destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal, siempre que las operaciones respecto de las que se intermedie se entiendan realizadas en el territorio de aplicación del Impuesto de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley.
7.º Los que se enuncian a continuación, cuando se presten materialmente en dicho territorio y su destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal:
a) Los servicios accesorios a los transportes tales como la carga y descarga, transbordo, manipulación y servicios similares.
b) Los trabajos y las ejecuciones de obra realizados sobre bienes muebles corporales y los informes periciales, valoraciones y dictámenes relativos a dichos bienes.
c) Los servicios relacionados con manifestaciones culturales, artísticas, deportivas, científicas, educativas, recreativas, juegos de azar o similares, como las ferias y exposiciones, incluyendo los servicios de organización de los mismos y los demás servicios accesorios a los anteriores.
8.º Los prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión, que sean efectuados por un empresario o profesional que actúe como tal establecido únicamente en el territorio de aplicación del impuesto por tener en el mismo la sede de su actividad económica, o su único establecimiento o establecimientos permanentes en la Comunidad, o, en su defecto, el lugar de su domicilio permanente o residencia habitual y se cumplan los siguientes requisitos:
a) que el destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal, siempre que este se encuentre establecido o tenga su residencia o domicilio habitual en otro Estado miembro; y
b) que no se haya superado el límite previsto en el artículo 73 de esta Ley, ni se haya ejercitado la opción de tributación en destino prevista en dicho artículo.
9.º A) Los servicios de arrendamiento de medios de transporte en los siguientes casos:
a) Los de arrendamiento a corto plazo cuando los medios de transporte se pongan efectivamente en posesión del destinatario en el citado territorio.
b) Los de arrendamiento a largo plazo cuando el destinatario no tenga la condición de empresario o profesional actuando como tal siempre que se encuentre establecido o tenga su domicilio o residencia habitual en el citado territorio.
No obstante, cuando los arrendamientos a largo plazo cuyo destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal tengan por objeto embarcaciones de recreo, se entenderán prestados en el territorio de aplicación del Impuesto cuando éstas se pongan efectivamente en posesión del destinatario en el mismo siempre que el servicio sea realmente prestado por un empresario o profesional desde la sede de su actividad económica o un establecimiento permanente situado en dicho territorio.
B) A los efectos de lo dispuesto en este número, se entenderá por corto plazo la tenencia o el uso continuado de los medios de transporte durante un periodo ininterrumpido no superior a treinta días y, en el caso de los buques, no superior a noventa días.
Dos. Asimismo, se considerarán prestados en el territorio de aplicación del Impuesto los servicios que se enumeran a continuación cuando, conforme a las reglas referentes al lugar de realización aplicables a estos servicios, no se entiendan realizados en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, pero su utilización o explotación efectivas se realicen en dicho territorio:
1.º Los enunciados en el apartado dos del artículo 69 de esta ley, cuyo destinatario no tenga la consideración de empresario o profesional actuando como tal.
2.º Los de arrendamiento de medios de transporte.
Notas del BOE sobre las modificaciones (22)
Se modifica el apartado Dos por la disposición final 1.2.1 de la Ley 13/2023, de 24 de mayo. Ref. BOE-A-2023-12204#df
Se modifica el apartado Dos por el art. 73 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-22128#a7-4#a7-5
Se modifican los números 4º y 8º del apartado uno, con efectos de 1 de julio de 2021, por el art. 10.10 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2021-6872#ad
Se modifica el apartado Dos por el art. 68 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17339#a6-10
Se modifican los apartados 4º y 8º, con efectos de 1 de enero de 2019, por el art. 79.1 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. Ref. BOE-A-2018-9268#ar-73
Se modifica los apartados 1.4º, 8º y 2 por el art. 1.14 de la Ley 28/2014, de 27 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-12329.
Se modifica el apartado 2 por el art. 75 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-13616.
Se modifica el apartado 1.5º.A) por el art. 68 de la Ley 2/2012, de 29 de junio. Ref. BOE-A-2012-8745.
Se modifica por el art. 1.7 de la ley 2/2010, de 1 de marzo. Ref. BOE-A-2010-3366.
Esta modificación surte efectos desde el 1 de enero de 2010, según establece la disposición final 4, con las excepciones indicadas en las disposiciones transitorias 1 a 3.
Se añade la letra k) del apartado 5º y se reordena la anterior como l), con efectos desde el 1 de enero de 2005, por el art. 1º.5 de la Ley 22/2005, de 18 de noviembre. Ref. BOE-A-2005-19003.
Se modifica por el art. 4.6 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-25412.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 81, de 4 de abril de 2003. Ref. BOE-A-2003-6800.
Se deroga el apartado 1.4º por el art. 6.4 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-1999-24786.
Se modifica los apartados 1.6º y 8º por el art. único.3 y 4 de la Ley 9/1998, de 21 de abril. Ref. BOE-A-1998-9477.
Se modifica el apartado 1.6º y se añade el 8º por el art. único.3 y 4 del Real Decreto-Ley 14/1997, de 29 de agosto. Ref. BOE-A-1997-19125
Se suprime el apartado 1.3º.d) y se modifica el 2 por el art. 10.2.1 y 2 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-29117
Se suprime el apartado 1.3º.f) y se añade el 1.7º por el art. 28.9 y 10 del Real Decreto-Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964
Se modifica el apartado 1.3º.f) por el art. 14 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1994-28968
Se deroga el apartado 1.4º , se renumera el 1.7º como 4º y se deja sin contenido el 1.7º por el art. único.6 de la Ley 23/1994, de 6 de julio. Ref. BOE-A-1994-15798
Se modifica el apartado 1.5º.c), con efectos de 1 de enero de 1994, por el art. 75.4 de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-1993-31087
Redactado el apartado 1.5º.h) y 7º conforme a la correción de errores publicada en BOE núm. 33, de 8 de febrero de 1993. Ref. BOE-A-1993-3297
Doctrina por apartados
- Uno Se entenderán prestados en el territorio de aplicación del Impuesto los siguientes servicios:
- 1º Los relacionados con bienes inmuebles que radiquen en el citado territorio.
- h) Los de alojamiento en establecimientos de hostelería, acampamento y balneario.
- 2º Los de transporte que se citan a continuación, por la parte de trayecto que discurra por el territorio de aplicación del
- 3º El acceso a manifestaciones culturales, artísticas, deportivas, científicas, educativas, recreativas o similares, como l
- a) Los de carácter cultural, artístico, deportivo, científico, docente, recreativo o similares, incluyendo los servicios de
- b) Los de organización para terceros de ferias y exposiciones de carácter comercial.
- c) Los juegos de azar.
- d) Los accesorios a los transportes de mercancías, distintos a los referidos en el artículo 73 de esta Ley, relativos a las
- 4º Los prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión, cuando el destinatario no sea
- A) Los prestados por vía electrónica en los siguientes supuestos:
- 5º A) Los de restauración y catering en los siguientes supuestos:
- A) Los de restauración y catering en los siguientes supuestos:
- a) Los prestados a bordo de un buque, de un avión o de un tren, en el curso de la parte de un transporte de pasajeros reali
- b) Los restantes servicios de restauración y catering cuando se presten materialmente en el territorio de aplicación del Im
- B) A los efectos de lo dispuesto en el apartado A), letra a), de este número, se considerará como:
- a) Parte de un transporte de pasajeros realizado en la Comunidad: la parte de un transporte de pasajeros que, sin hacer esc
- c) Lugar de llegada: el último lugar previsto para el desembarque en la Comunidad de pasajeros embarcados también en ella,
- d) Los de asesoramiento, auditoria, ingeniería, gabinete de estudios, abogacía, consultores, expertos contables o fiscales
- g) Los de seguro, reaseguro y capitalización, así como los servicios financieros, citados respectivamente por el artículo 2
- h) Los de cesión de personal.
- j) Los arrendamientos de bienes muebles corporales, con excepción de los medios de transporte y los contenedores.
- 6º Los de mediación en nombre y por cuenta ajena cuyo destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal, si
- a) Los servicios accesorios a los transportes tales como la carga y descarga, transbordo, manipulación y servicios similare
- b) Los trabajos y las ejecuciones de obra realizados sobre bienes muebles corporales y los informes periciales, valoracione
- c) Los servicios relacionados con manifestaciones culturales, artísticas, deportivas, científicas, educativas, recreativas,
- 7º Los que se enuncian a continuación, cuando se presten materialmente en dicho territorio y su destinatario no sea un empr
- a) Los servicios accesorios a los transportes tales como la carga y descarga, transbordo, manipulación y servicios similare
- c) Los servicios relacionados con manifestaciones culturales, artísticas, deportivas, científicas, educativas, recreativas,
- 8º Los prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión, que sean efectuados por un emp
- A) Los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y de televisión, en los siguientes supuestos:
- b) Cuando los servicios se presten por un empresario o profesional y la sede de su actividad económica o establecimiento pe
- c) Cuando los servicios sean prestados desde la sede de actividad o un establecimiento permanente de un empresario o profes
- B) A efectos de esta Ley, se considerarán servicios de telecomunicación los que tengan por objeto la transmisión, emisión y
- 9º A) Los servicios de arrendamiento de medios de transporte en los siguientes casos:
- Dos Asimismo, se considerarán prestados en el territorio de aplicación del Impuesto los servicios que se enumeran a continua
- 3º Los de arrendamiento de medios de transporte.
- 3º Los siguientes servicios cuando se realicen materialmente en el citado territorio:
- 4º (suprimido) Los servicios, exceptuado el transporte, prestados a pasajeros, a bordo de un buque, de un avión o de un tre
- 5º Los servicios que se indican a continuación cuando el destinatario sea un empresario o profesional y radique en el citad
- a) Las cesiones y concesiones de derechos de autor, patentes, licencias, marcas de fábrica o comerciales y los demás derech
- 6º Los servicios de mediación en nombre y por cuenta de terceros, en operaciones distintas de las comprendidas en los númer
- 7º Los trabajos realizados sobre bienes muebles corporales y los informes periciales, valoraciones y dictámenes relativos a
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- TEA 01802/2021 IVA. Localización de la prestación de servicios. Empresario radicado en territorio de aplicación del impuesto (TAI) gestiona un viaje y diversas actividades culturales en España…
- V0109-24 Sujeción y, en su caso, tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a dichos servicios.
- V0101-24 Lugar de realización, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, de los servicios prestados por la consultante, tanto a personas físicas como a entidades ubicadas, en ambos casos…
- V0098-24 a- Si el consultante está obligado a la repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido por las operaciones de intermediación consultadas. b- Si las operaciones efectuadas con la empresa…
- V0022-24 Si la consultante debe repercutir el Impuesto sobre el Valor Añadido por los servicios consultados.
- TEA 09536/2022-2 IVA. Lugar de realización de las prestaciones de servicios de promoción y publicidad. Regla de utilización o explotación efectivas en el territorio de aplicación del impuesto. Modificación…
- TEA 09536/2022-1 IVA. Lugar de realización de las prestaciones de servicios de promoción y publicidad. Regla de utilización o explotación efectivas en el territorio de aplicación del impuesto. Modificación…
- V3343-23 1. Epígrafe fiscal y CNAE en el que debe encuadrarse la actividad mercantil descrita, en la que no existe venta de producto alguno. 2. Sujeción, y en su caso exención, en el Impuesto…
- V3310-23 1.- Tributación de los servicios prestados por la subcontratista en el Impuesto sobre el Valor Añadido. 2.- Obligaciones de facturación por el subcontratista.
- V3293-23 Dónde y cómo deben declarar los servicios recibidos y si tienen derecho a la deducción del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado.
- V3292-23 Tributación, a efecto del Impuesto sobre el Valor Añadido, de las citadas operaciones llevadas a cabo por la consultante. Asimismo, epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas donde…
- V3289-23 Si las cantidades recibidas de los clientes para la compra de las entradas tienen la consideración de suplidos a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. En el caso de que los eventos…
- TEA 03233/2022 IVA. Localización. Regla de cierre. Servicios de publicidad. Se discute si los servicios prestados a empresarios de territorios terceros deben calificarse online o de publicidad…
- V2901-23 A efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, tributación de los servicios descritos.
- V2895-23 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados fuera del territorio de aplicación del impuesto por el consultante, así como en el caso que dichos servicios…
- V2886-23 La consultante plantea la tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido tanto de los servicios de intermediación en la venta de entradas de la feria, como de las ventas de las partes…
- V2850-23 Si la distribución de energía eléctrica que realiza desde el establecimiento permanente situado en las islas Canarias está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2705-23 1ª Tributación en el IVA de los servicios prestados. 2ª Si los rendimientos obtenidos están sometidos a retención a cuenta del IRPF.
- V2692-23 Lugar de realización, a efecto del Impuesto sobre el Valor Añadido, de las citadas operaciones realizadas por la consultante.
- V2691-23 Si los servicios de organización de visitas guiadas consultados están sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2664-23 Tributación de la operación a los efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2532-23 Si los referidos servicios de intermediación en la venta y el transporte de las prendas prestados por la entidad consultante al comprador se encuentran sujetos al Impuesto sobre el Valor…
- V2523-23 1. Si dicha oficina tiene la consideración de establecimiento permanente en el Impuesto sobre el Valor Añadido. 2. Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido del gasto por alquiler…
- V2449-23 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados por la entidad consultante.
- V2325-23 Aplicación de la cláusula de uso efectivo prevista en el artículo 70.Dos de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, a los servicios de gestión de carteras y asesoramiento…
- V2206-23 Aclaración a la consulta vinculante de 29 de abril de 2022, V0931-22 referente a la aplicación de la clausula de uso efectivo prevista en el artículo 70.Dos de la Ley 37/1992, del Impuesto…
- V2192-23 Si los servicios consultados están sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2173-23 1. ¿Puede la empresa deducirse en el Impuesto sobre Sociedades las facturas de la plataforma A si estas están incorrectamente dirigidas a la persona física de su administrador y no…
- V2019-23 Sujeción y, en su caso, exención del servicio de alojamiento prestado por la consultante.
- V1921-23 Lugar de realización, a efecto del Impuesto sobre el Valor Añadido, de las citadas operaciones realizadas por el consultante.
- V1545-23 Tributación de la operativa descrita a efectos el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1529-23 Tributación de la operativa descrita a efectos el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1397-23 Si los titulares de los alojamientos deben expedir factura por la operación consultada aun cuando el pago se gestiona por la plataforma.
- V1234-23 Si las cuotas de acceso al evento se encontrarán sujetas y, en su caso, exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido. Obligaciones de facturación y presentación de declaraciones…
- V1174-23 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido del servicio de asesoramiento prestado.
- V1147-23 Aclaración de la contestación vinculante de 8 de septiembre de 2022, consulta V1907-22, sobre si resulta aplicable al supuesto consultado la exención prevista en el artículo 20.Uno.14º…
- V1021-23 1. Calificación de los servicios prestados por la entidad consultante en el Impuesto sobre el Valor Añadido. 2. Lugar de realización de los servicios prestados por la entidad consultante…
- V0988-23 Tributación de los citados servicios en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0982-23 Calificación de los servicios descritos como electrónicos a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. Acreditación del lugar de establecimiento del destinatario de los servicios en caso…
- V0860-23 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados a comunidades de propietarios establecidas en Península e Islas Baleares.
- V0844-23 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de dichos servicios.
- TEA 02330/2022 IVA. Lugar de realización de la prestación de servicios de mediación, publicidad y asesoramiento. Regla especial de utilización o explotación efectiva del servicio en el territorio…
- V0629-23 Se cuestiona la tributación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido de la citada actividad.
- V0550-23 Sujeción de la operación descrita al Impuesto sobre el Valor Añadido y procedimiento de devolución de las cuotas soportadas por la destinataria.
- TEA 09410/2019 IVA. Calificación de los servicios de mantenimiento prestados sobre turbogeneradores instalados en industrias que radican en el TAI ofrecida por una compañía no establecida en el TAI…
- V0244-23 Se plantean las siguientes cuestiones a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido: 1.- Si la actividad de arrendamiento descrita determina la existencia de un establecimiento permanente.…
- V0242-23 Se plantean las siguientes cuestiones a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido: 1.- Si la actividad de arrendamiento descrita determina la existencia de un establecimiento permanente.…
- V0205-23 La sociedad consultante, establecida en Francia, va a adquirir dos edificios radicados en el territorio de aplicación del Impuesto, los cuales destinará a arrendamiento de oficinas.…
- V0192-23 Sujeción al Impuesto sobre el valor Añadido de dichas operaciones.
- V0142-23 Lugar de realización de las operaciones consultadas y sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0115-23 Si dicha subvención se encontraría sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- TEA 05793/2020-2 IVA. Lugar de realización de las prestaciones de servicios de promoción y publicidad. Regla de utilización o explotación efectivas en el territorio de aplicación del impuesto. Modificación…
- TEA 05793/2020-1 IVA. Lugar de realización de las prestaciones de servicios de promoción y publicidad. Regla de utilización o explotación efectivas en el territorio de aplicación del impuesto. Modificación…
- V0003-23 Si las cuotas de acceso al evento se encontrarán sujetas y, en su caso, exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido. Obligaciones de facturación y presentación de declaraciones…
- V2562-22 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios descritos, y si hay, en concreto, alguna peculiaridad en el caso de que el caudal relicto de la herencia esté integrado, total…
- V2529-22 1. Lugar de realización del hecho imponible por la cesión de los espacios. 2. Tipo impositivo aplicable.
- V2527-22 Forma de recuperar las cuotas soportadas del Impuesto sobre el Valor Añadido por sus compras realizadas en Portugal. Sujeción al Impuesto español de la ejecución de obra que va a realizar.…
- V2417-22 Tratamiento a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios de reparación y entregas de piezas en periodo de garantía que realiza la consultante para su cliente no…
- V2290-22 Si dichas prestaciones de servicios se encuentran sujetas al régimen especial de las agencias de viajes del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2274-22 Tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones realizadas por el consultante.
- V2215-22 Tributación de las prestaciones de servicios a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2073-22 Tributación a efectos del Impuesto sobre el valor añadido de los servicios contratados.
- V2066-22 Si la consultante presta servicios sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido a las universidades y, en su caso, tipo impositivo aplicable
- V1907-22 Aplicación de la exención prevista en el artículo 20.Uno.14º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1705-22 Si los servicios que presta la sociedad consultante a la sociedad no establecida se encuentran sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido. En caso afirmativo, si la sociedad no establecida…
- V1626-22 Lugar de realización de los servicios prestados a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1501-22 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios de intermediación en la referida transmisión.
- V1494-22 Si el cobro de las cuotas de inscripción para los asistentes a dicho evento se encontraría sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, exento del mismo. Obligaciones en materia…
- V1448-22 Si los servicios prestados por la consultante están sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1412-22 Conocer la tributación de la operación en el Impuesto sobre el Valor Añadido y, concretamente, si la mercantil del consultante debe facturar a la entidad localizada en un país tercero…
- V1404-22 Si la actividad de mediación, como agencia de seguros, para compañías sin establecimiento permanente ni residencia fiscal en España está sujeta y, en su caso, exenta del impuesto…
- V1244-22 Sujeción de los servicios descritos al Impuesto sobre el Valor Añadido
- V1156-22 Tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de la mencionada prestación del servicio por parte de la consultante.
- V1155-22 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de servicios prestados por la consultante a las entidades gestoras luxemburguesas, y si pueden considerarse como servicios relacionados…
- V1132-22 Si dichas prestaciones de servicios se encuentran sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- TEA 02417/2020 IVA. Devoluciones a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto. Calificación de los servicios de alojamiento en un centro de datos…
- V1010-22 Procedencia de la aplicación de la exención contenida en el artículo 20.Uno.23º.a) de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, tanto en el contrato de arrendamiento…
- V0931-22 1.) Epígrafe del IAE en el que debe encuadrarse por las actividades que realiza. 2.) Tributación de las operaciones anteriores a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. 3.) Posibilidad…
- V0922-22 Si el cobro de las referidas cuotas de inscripción se encontraría sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, exento del mismo. Obligaciones en materia de facturación…
- V0914-22 Tributación de los servicios descritos a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0912-22 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados.
- V0905-22 Aplicabilidad de la exención del artículo 20.Uno.9º a las clases de sueco que imparta tanto en España como en otros países.
- V0904-22 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados por el consultante.
- V0901-22 Sujeción de la citada prestación de servicios al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0836-22 Obligación de repercutir el Impuesto sobre el Valor Añadido en las facturas que expide por su trabajo.
- V0834-22 Sujeción de los citados servicios al Impuesto sobre el Valor Añadido, posible exención y tipo impositivo aplicable. Diferencias a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido entre prestar…
- V0828-22 Si la compañía aérea está obligada a expedir factura a la consultante.
- V0822-22 Si la compañía aérea está obligada a expedir factura a la consultante.
- V0773-22 1ª Epígrafe del IAE en qué debe darse de alta. 2ª Tributación en el IVA de los servicios prestados. 3ª Si la empresa pagadora está obligada a practicar retención a cuenta por los ingresos…
- V0702-22 Si los servicios prestados por el consultante están sujetos al impuesto sobre el valor añadido y si puede deducir las cuotas de dicho impuesto soportadas en territorio de aplicación…
- V0644-22 Si las facturas emitidas por el hotel al mayorista irlandés o bien por la mayorista española a la mayorista irlandesa deben contener la repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0642-22 Tratamiento de las operaciones a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0584-22 1.- IVA: Conocer en qué régimen tributaría por el Impuesto sobre el Valor Añadido, concretamente si podría hacerlo en el régimen especial simplificado, así como la tributación en los casos…
- V0568-22 Si los servicios de mudanzas facturados a consumidores finales están sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0545-22 IVA: Si dicha prestación de servicios se encuentra sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido. IRPF: Si los rendimientos que perciba por dicha prestación de servicios están sujetos…
- V0527-22 Exención del Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones descritas. Derecho a la deducción del Impuesto soportado.
- V0486-22 Tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados por el consultante.
- V0444-22 Sujeción de los servicios que presta el consultante al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0397-22 Tipo impositivo que debe aplicar el consultante a la agencia de viajes por el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0368-22 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios descritos.
- V0367-22 Tratamiento de las operaciones a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0202-22 Lugar de realización de los servicios prestados por el consultante y tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0127-22 Lugar de realización de los servicios consultados.
- V0094-22 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los citados servicios.
- V0039-22 Tributación de los derechos de acceso cobrados a los visitantes a la feria a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0038-22 Si el cobro de las referidas cuotas de inscripción se encontraría sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, exento del mismo. Obligaciones en materia de facturación…
- V0037-22 Si el cobro de las referidas cuotas de inscripción se encontraría sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, exento del mismo. Obligaciones en materia de facturación…
- V0035-22 Si los servicios a prestar por las agencias de viaje están sujetos y, en su caso, exentos del impuesto sobre el valor añadido.
- V0031-22 Cuestiona la obligación de darse de alta en Registro de Operadores Intracomunitarios y de incluir los servicios prestados en la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
- V3236-21 Aclaración de algunas cuestiones manifestadas en la contestación vinculante de 6 de octubre de 2021, consulta V2502-21 como consecuencia de la aportación de cuestiones no planteadas…
- V3232-21 Si los servicios de organización y realización de los referidos ensayos clínicos prestados por parte de la consultante a una entidad establecida fuera de la Comunidad se encontrarían…
- V3187-21 Si los servicios que va a prestar la consultante a su cliente se encontrarían sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido. En caso afirmativo, si el cliente tendría derecho a la devolución…
- V3105-21 Si los servicios de publicidad que va a recibir la consultante de entidades establecidas en el territorio de aplicación del impuesto se encontrarían sujetos al Impuesto sobre el Valor…
- V3048-21 Tributación de los servicios descritos a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V3041-21 Lugar de realización de los servicios prestados por la entidad establecida en el territorio español a la consultante y recuperación del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado…
- TEA 05837/2019 IVA. Hecho Imponible. Negocio Jurídico Complejo.
- TEA 01541/2019 IVA. Lugar de realización de las prestaciones de servicios consistentes en el alquiler de maquinaria para ejecutar obras en un bien inmueble. Devolución de cuotas de IVA a empresarios…
- V2940-21 Sujeción del citado servicio, en todo o en parte, al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2931-21 Tributación de la operación de intermediación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2898-21 Lugar de realización de los servicios prestados por las mayoristas cuando estas renuncian a la aplicación del régimen especial de agencias de viajes y, en su caso, obligación de la agencia…
- V2866-21 Si dichas cesiones de derechos se encontrarían sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2864-21 Aclaración de la contestación vinculante de 16 de agosto de 2021 con número de referencia V2312-21, en relación a la sujeción del servicio de intermediación por aplicación de la cláusula…
- V2850-21 Aplicación de la exención prevista en el artículo 20.Uno.9º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadidos a los cursos de formación descritos.
- V2796-21 Sujeción de los servicios descritos al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2781-21 Determinación del lugar de realización de los servicios prestados por los representantes aduaneros a sus clientes en los trámites de importación.
- V2758-21 Si dichas prestaciones de servicios se encontrarían sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2726-21 Determinación del lugar de realización de los servicios prestados por la filial española a las entidades británicas a que se refiere el escrito de consulta a efectos del Impuesto…
- V2723-21 Si dichas prestaciones de servicios se encontrarían sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2713-21 Lugar de realización de los servicios prestados por la entidad establecida en el territorio español a la consultante y recuperación del impuesto sobre el Valor Añadido soportado…
- V2707-21 1.) Calificación de las rentas percibidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 2.) Sujeción de dicha actividad al Impuesto sobre el Valor Añadido, teniendo en cuenta…
- V2680-21 Sujeción de las operaciones efectuadas al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2571-21 Tributación de la operación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2502-21 Si dicho arrendamiento se encontrará sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido. Sujeto pasivo del Impuesto en la transmisión de la vivienda.
- V2497-21 1.Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de la cesión en arrendamiento descrita. 2.Obligación de autoliquidar e ingresar el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte…
- V2488-21 1.Tributación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido del servicio de intermediación descrito. 2.Epígrafe en el que se debe dar de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
- V2483-21 Si las prestaciones de servicios de soporte técnico señaladas se encontrarían sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2426-21 1. Lugar de localización de los servicios prestados en el Impuesto sobre el Valor Añadido. 2. Aplicación de la cláusula prevista en el artículo 70.Dos de la Ley 37/1992.
- TEA 03115/2020 IVA. Artículo 70.Dos Utilización efectiva. La entidad tiene por objeto la prestación de servicios de mediación de una entidad con sede de actividad en Andorra para la captación de donantes…
- V2368-21 Posibilidad de renunciar a la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido, con la consiguiente inversión del sujeto pasivo. Deducibilidad de la cuota soportada en dicha adquisición, así…
- V2324-21 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios descritos.
- V2323-21 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados por la consultante a su cliente no establecida.
- V2312-21 Aclaración de la contestación vinculante de 12 de mayo de 2021 con número de consulta V1364-21 en relación a la sujeción del servicio de intermediación por aplicación de la cláusula de uso…
- V2150-21 Si está sujeto y exento del Impuesto sobre el Valor Añadido el curso recibido de la universidad en los años en que se cursa en España.
- V2100-21 1.- Si las prestaciones de servicios realizadas por la consultante a la entidad establecida fuera de la Comunidad se encontrarían sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso…
- V2094-21 Lugar de realización del hecho imponible y sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- TEA 02734/2019 IVA. Lugar de realización del hecho imponible. Utilización efectiva. Prestación de servicios de marketing y publicidad.
- V1919-21 Cuestiona si los servicios que preste están sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido y, en caso afirmativo, tipo impositivo aplicable.
- V1918-21 Determinación del lugar de realización de los servicios descritos a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido así como derecho a la deducción de las cuotas en que incurra…
- V1865-21 Si, al facturar el servicio de intermediación comercial a la empresa colombiana, debe facturarles con IVA y con retención a cuenta del IRPF.
- V1861-21 IVA: Si en la factura debe repercutir el Impuesto sobre el Valor Añadido. IRPF: Si los rendimientos que perciba por dicho trabajo están sujetos a retención a cuenta del Impuesto…
- V1801-21 Tributación de la operación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1722-21 Tributación de la prestación de tales servicios en el Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuesto sobre Actividades Económicas e Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- V1682-21 Si la operación de asesoramiento a la empresa radicada en Melilla está sujeta en el territorio de aplicación del IVA español, tipo de IVA a aplicar y en el supuesto de no estar sujeta…
- V1538-21 1ª En el IVA, si son deducibles las cuotas del impuesto soportadas por la consultante y si está obligada a presentar declaraciones por dicho impuesto. 2ª En el IRPF, se plantea la duda…
- V1490-21 Cuestiona, por un lado, la obligación de inscripción en el Registro de Operadores Intracomunitarias mientras realice exclusivamente operaciones exentas y, por otro, la obligación…
- V1440-21 Lugar de realización de dichos servicios si tanto las editoriales como los contratantes pueden encontrarse en cualquier parte del mundo.
- V1364-21 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados por la entidad consultante.
- V1329-21 Sujeción de los servicios descritos al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1152-21 1. Si los ingresos obtenidos por la consultante están sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido. 2. Obligaciones de la consultante si en el caso de clientes en la Comunidad la plataforma…
- V0949-21 Sujeción de los servicios descritos al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0932-21 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados por el consultante.
- V0930-21 1. Si los servicios de peritación de inmuebles prestados a compañías de seguros establecidas en territorio de aplicación del Impuesto están sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido. 2.…
- V0818-21 Lugar de realización de los servicios descritos a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0810-21 Lugar de realización, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, de la instalación de la maquinaria en fabricas situadas en territorio español, así como la ejecución de reparaciones…
- V0807-21 Si los servicios prestados por el consultante tienen la consideración de servicios relacionados con bienes inmuebles en el Impuesto sobre el Valor Añadido a efectos del lugar de realización…
- V0796-21 Si dichas operaciones se encuentran sujetas y, en su caso, exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0795-21 Si dichas prestaciones de servicios se entenderían realizadas en el territorio de aplicación del Impuesto.
- V0729-21 Si dichas prestaciones de servicios se encuentran sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido a partir del 1 de enero de 2021.
- V0721-21 Tributación de la operación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0644-21 Tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones efectuadas por la consultante.
- V0480-21 Obligaciones formales de conformidad con la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0417-21 Lugar de realización de las operaciones efectuadas por la consultante.
- V0395-21 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados a personas físicas y sociedades residentes en las Islas Canarias, Ceuta, Melilla y otros Estados miembros de la Unión…
- V0389-21 Tributación y posible exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido de las actividades descritas.
- TEA 02599/2020 IVA. Lugar de realización de las prestaciones de servicios. Reglas especiales. Incremento ingresos. Guía turístico factura a una empresa española un evento en Andorra. No ha lugar…
- V0289-21 Se cuestiona por la sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los contratos de chárter náutico que implican navegaciones en aguas españolas y también de otros países del Mar…
- V0288-21 Si los servicios prestados a cada uno de los asistentes se encontrarán sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, tipo impositivo aplicable. Si los servicios de publicidad…
- V0285-21 Sujeción de la citada prestación de servicios al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- TEA 03176/2018 IVA. Devoluciones a no establecidos. Cuotas indebidamente repercutidas.
- V0225-21 1. Sujeción de dicha operación al Impuesto sobre el Valor Añadido. 2. Obligaciones de facturación
- TEA 04512/2018 IVA. Lugar de realización del hecho imponible.
- V0011-21 Tipo impositivo aplicable en el Impuesto sobre el Valor Añadido a las operaciones descritas.
- V3650-20 Tributación de la actividad a efectos del IVA y del IRPF.
- V3621-20 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados en territorio de aplicación del Impuesto pero facturados a una entidad establecida en un tercer Estado.
- V3617-20 Lugar de realización de los servicios descritos, e efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V3249-20 ¿Cómo debe proceder la entidad consultante en estos casos?
- V3231-20 Tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a los servicios de organización de ferias comerciales descritos.
- V2969-20 Exención del Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados. Obligación de aportar el certificado en cada operación realizada.
- TEA 01980/2017-3 IVA. Servicios de promoción y publicidad prestados en el territorio de aplicación del impuesto. Lugar de realización según el lugar de difusión. Aplicación de reglas proporcionales…
- V2757-20 IVA: Sujeción de dichos servicios al Impuesto sobre el Valor Añadido y deducibilidad de las cuotas de IVA soportadas con motivo de su realización. IRPF: Obligación de practicar retención…
- V2711-20 Lugar de realización de las prestaciones de servicios realizadas por la consultante, así como derecho a la deducción de las cuotas soportadas del Impuesto sobre el Valor Añadido por gastos…
- V2699-20 Si dicho arrendamiento se encuentra sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido. Sujeto pasivo del mismo.
- V2669-20 Conocer si la citada operación está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2663-20 Lugar de realización de las operaciones efectuadas por la consultante a favor de la entidad noruega y forma en que dichas operaciones deben quedar documentadas en factura.
- V2651-20 Si los servicios prestados por el abogado a la sociedad consultante están sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2642-20 Si dichas prestaciones de servicios se encontrarían sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2641-20 Si dichas prestaciones de servicios se encuentran sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2630-20 Consideración de los servicios referidos como prestación intracomunitaria de servicios de conformidad con la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2541-20 IVA: Si debe tributar por dicha actividad en el Impuesto sobre el Valor Añadido. IRPF: Si se aplica el régimen de estimación directa simplificada y si debe presentar trimestralmente…
- V2525-20 Sujeción de la operación de reventa realizada por la consultante al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2521-20 Sujeción o no de los servicios descritos al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2520-20 Naturaleza de los citados servicios a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, en concreto, si los mismos deben considerarse como entrega de bienes o prestaciones de servicios…
- V2505-20 Si las prestaciones de servicios de intermediación que va a realizar la consultante se encontrarían sujetas al Impuesto sobre el Valor añadido.
- V2504-20 Sujeción de los servicios descritos al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- TEA 03646/2017 IVA. Devoluciones a no establecidos. Cuotas indebidamente repercutidas.
- TEA 01532/2017-3 IVA. Prestación de servicios de publicidad por vía electrónica. Lugar de realización del hecho imponible. Regla de utilización o explotación efectiva en el territorio de aplicación…
- TEA 01532/2017-2 IVA. Prestación de servicios de publicidad por vía electrónica. Lugar de realización del hecho imponible. Regla de utilización o explotación efectiva en el territorio de aplicación…
- TEA 01532/2017-1 IVA. Prestación de servicios de publicidad por vía electrónica. Calificación como servicio de intermediación o de publicidad.
- TEA 01413/2017 IVA. Lugar de realización. Prestaciones de servicios de asistencia a eventos. Solicitud de devolución presentada por entidad no establecida en relación con las cuotas de IVA soportadas…
- V2436-20 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados por la consultante. Sujeción de los servicios prestados por los clientes colaboradores que proporcionan otros clientes.
- V2418-20 Lugar de realización de los servicios prestados por el consultante y requisitos de facturación de los mismos.
- V1767-20 Si está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido la venta de entradas para el acceso al evento, así como si lo están los servicios prestados a los expositores por la consultante…