Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 91.Uno.2.7º de la Ley 37/1992

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 8 de octubre de 2026.

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Uno. Se aplicará el tipo del 10 por ciento a las operaciones siguientes:

2. Las prestaciones de servicios siguientes:

7.º Las prestaciones de servicios a que se refiere el número 8º del apartado uno del artículo 20 de esta ley cuando no estén exentas de acuerdo con dicho precepto ni les resulte de aplicación el tipo impositivo establecido en el número 3º del apartado dos.2 de este artículo.

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