Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 68.Uno de la Ley 37/1992

Lugar de realización de las entregas de bienes · 74 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 1 de enero de 2023.

Uno. Las entregas de bienes que no sean objeto de expedición o transporte, se entenderán realizadas en el territorio de aplicación del Impuesto cuando los bienes se pongan a disposición del adquirente en dicho territorio.

Consultas y resoluciones que lo citan