Artículo 20.Uno.6º de la Ley 37/1992
Exenciones en operaciones interiores · 59 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 8 de octubre de 2026.
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Uno. Estarán exentas de este impuesto las siguientes operaciones:
6.º Los servicios prestados directamente a sus miembros por uniones, agrupaciones o entidades autónomas, incluidas las Agrupaciones de Interés Económico, constituidas exclusivamente por personas que ejerzan una actividad exenta o no sujeta al Impuesto que no origine el derecho a la deducción, cuando concurran las siguientes condiciones:
a) Que tales servicios se utilicen directa y exclusivamente en dicha actividad y sean necesarios para el ejercicio de la misma.
b) Que los miembros se limiten a reembolsar la parte que les corresponda en los gastos hechos en común.
c) Que la actividad exenta ejercida sea distinta de las señaladas en los números 16.º, 17.º, 18.º, 19.º, 20.º, 22.º, 23.º, 26.º y 28.º del apartado Uno de este artículo.
La exención también se aplicará cuando, cumplido el requisito previsto en la letra b) precedente, la prorrata de deducción no exceda del 10 por ciento y el servicio no se utilice directa y exclusivamente en las operaciones que originen el derecho a la deducción.
La exención no alcanza a los servicios prestados por sociedades mercantiles.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V0407-22 Si resultaría aplicable a la operación descrita la exención regulada en el artículo 20.Uno.6º de la Ley 37/1992.
- V0817-21 Sujeción o no del servicio de arrendamiento descrito al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0378-21 Si los servicios prestados por la entidad consultante están sujetos y exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido según lo previsto en el artículo 20.Uno.6º de la Ley del Impuesto.
- V1895-20 Aplicación de la exención prevista en el artículo 20.Uno.12º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido a los servicios prestados por la consultante.
- V2949-19 Exención por aplicación del artículo 20.Uno.6º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios que prestan cuyas contraprestación es la cuota de los socios.
- V2943-19 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios encomendados.
- V2534-19 Aplicación de la exención prevista en el artículo 20.Uno.6º de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido a las cuotas que repercuta la sociedad civil a cada profesional destinadas…
- V2262-19 Aplicación del artículo 20.Uno.6º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido a los servicios de desinfección que preste una agrupación sin ánimo de lucro.
- V1319-18 Aplicación de la exención prevista en el artículo 20.Uno.6º de la Ley 37/1992 a las cuotas que repercuta la entidad sin ánimo de lucro a cada profesional destinadas a sufragar los costes…
- V0988-18 Si dicho alojamiento puede considerarse arrendamiento de vivienda exento del Impuesto, o en otro caso, tipo impositivo aplicable a dicho arrendamiento.
- V1705-17 1. Sujeción de los servicios prestados por la matriz a la sucursal española. 2. Inclusión de la sucursal española en la A.I.E. italiana. 3. Sujeción y en su caso exención de los servicios…
- V0358-17 1. Sujeción y localización de los servicios prestados por la A.I.E. 2. Inclusión de la A.I.E. en el grupo de IVA si la participación se mantiene por la dominante de forma indirecta a través…
- V3994-16 Exención de los servicios de limpieza
- V1183-16 Exención de los servicios descritos.
- V3889-15 Se plantea por la entidad consultante si los servicios que dicha unión, agrupación o entidad autónoma prestase a los miembros que la integran podrían beneficiarse de la exención regulada…
- V3645-15 Se cuestiona por la entidad si la exención contemplada en el artículo 20.Uno.6º de la Ley del impuesto es aplicable a los servicios prestados, en las condiciones especificadas en el cuerpo…
- V1036-15 Sujeción de la operación de transmisión de activos por la consultante a la Agrupación. Exención de los servicios prestados por la Agrupación, desde la sede o el establecimiento…
- V2352-14 Aplicación de las exenciones previstas en el artículo 20, apartado uno, números 6º y 12º de la Ley 37/1992.
- V1279-14 Procedencia de la aplicación de la exención del artículo 20.Uno.6º de la Ley 37/1992, según su nueva redacción dada por la Ley 17/2012, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
- V0501-14 Tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de la referida transmisión.
- V3218-13 Sujeción al Impuesto de las citadas operaciones. Facturación de las operaciones por parte de la consultante.
- V2501-13 Exención de las operaciones efectuadas por los autores. - Obligación de expedir la correspondiente factura por las mismas.
- V2166-13 Posibilidad de aplicar la exención del artículo 20.Uno.6º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1722-13 Aplicación de la exención prevista en el artículo 20.Uno.6º de la Ley 37/1992 en el caso de que la agrupación consultante pudiera obtener algún resultado contable al final del ejercicio…
- V0248-13 Diversas cuestiones sobre la aplicación del artículo 20.Uno.6º de la Ley 37/1992 en su nueva redacción dada por la Ley 17/2012, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
- TEA 04073/2010 IVA. Contrato de seguros entre grupo bancario y grupo asegurador con contrato de exclusividad. Compromiso del banco de no vender seguros de otras compañias aseguradoras. Obligación de no…
- TEA 02147/2012 IVA. Exenciones. El reconocimiento administrativo previo de la condición de entidad o establecimiento de carácter social. Incumplimientos en la transposición de una Directiva. Posibilidad…
- V2487-11 Posibilidad de aplicar la exención establecida en el artículo 20.Uno.6º de la Ley 37/1992 y otras cuestiones relacionadas con dicha exención que se detallan en el cuerpo de la presente…
- V2164-11 Posibilidad de aplicar la exención del artículo 20.Uno.6º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2596-10 Posibilidad de aplicar la exención establecida en el artículo 20.Uno.6º de la Ley 37/1992 y otras cuestiones relacionadas con dicha exención que se detallan en el cuerpo de la presente…
- V2348-10 Exención en relación con los servicios prestados por la Agrupación Europea de Interés Económico.
- V0389-10 Exención.
- V0014-09 1º Posibilidad de declarar exentos los servicios prestados por la A.E.I.E. 2º Entidad que puede solicitar la aplicación, en su caso, de la referida exención. 3º Medios de prueba…
- V1186-08 Exención de las cuotas que pagan los asociados en concepto de canon por los servicios y derechos que disfrutan como miembros de esta agrupación.
- V0112-08 Posibilidad de renunciar a la exención.
- V0583-07 Posible exención de tales servicios.
- V0523-07 Si es aplicable a los servicios señalados la exención del Impuesto
- V1793-06 Aplicación de la exención prevista en el artículo 20.uno.6º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, o cobertura para estos servicios de la exención del artículo 20.uno.8º.
- V1791-06 Deducibilidad de las cuotas de IVA soportadas por sus operaciones.
- V2313-05 Aplicación de la exención contenida en el artículo 20.Uno.6º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido a la actividad desarrollada por la consultante.
- 0050-05 1. Si cabe entender como exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido la prestación de servicios de subarrendamiento que la AIE prestaría a sus miembros. 2. Si los pagos de alquiler…
- 0029-05 Aplicación de la exención.
- V0063-05 Exención de los servicios prestados por la Agrupación de Interés Económico.
- 2320-03 Inclusión en la base imponible de los intereses que soporta como consecuencia de un préstamo solicitado para llevar a cabo la rehabilitación del mercado.
- 0767-03 Posible exención de tales servicios.
- 0378-03 Aplicación de la exención.
- 0363-03 Posibilidad de aplicar la exención prevista en el artículo 20.Uno.6º LIVA a las prestaciones de servicios auxiliares de la actividad bancaria efectuados por una A.E.I.E. cuya sede…
- 1527-02 Exención de las labores de intermediación.Exención de los gastos de la oficina repercutidos por la Agrupación a los socios.Obligación de presentar declaraciones a efectos del IVA.
- 1778-00 1. Si es válido a efectos fiscales que se facturen los servicios prestados por la agrupación a sus socios en proporción a la participación de cada miembro en el capital social…
- 0827-00 1. Si se podrían considerar dichas cuotas exentas del IVA en virtud de lo dispuesto en el artículo 20.Uno.6º de la Ley 37/1992. 2. Si se podría acoger dicha asociación a los beneficios…
- 0161-00 Posible exención en el Impuesto sobre Sociedades. - Posibilidad de que le sean aplicables las exenciones establecidas en el artículo 20.uno.6º a), b) c); 9º y 14º a), b) y d) de la Ley…
- 2346-99 Aplicación de la exención.
- 1627-99 Aplicación de la exención a la Agrupación de nueva creación y continuidad en la aplicación de la exención a la Agrupación ya existente.
- 0237-99 Si cumple todos los requisitos para la aplicación de la exención prevista en el artículo 20.uno.6º de la Ley 37/1992.
- 0116-99 Régimen Fiscal aplicable en el I.V.A. Determinación de la base imponible de la Agrupación en el Impuesto sobre Sociedades.
- 0786-98 Forma de repercutir dichas entregas de combustible a cada socio.
- 0343-98 Régimen fiscal aplicable en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en el Impuesto sobre Sociedades. Otras obligaciones tributarias.
- 1323-97 La entidad consultante plantea si las exenciones reguladas en el artículo 20, apartado uno, números 6º y 12º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, son de carácter automático…
- 0257-97 Tratamiento a efectos del I.V.A. de las aportaciones de los socios. En su caso, tipo impositivo aplicable a las operaciones realizadas por la A.I.E.