Artículo 24.Uno.1º.e) de la Ley 37/1992
Exenciones relativas a regímenes aduaneros y fiscales · 25 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2023.
Uno. Estarán exentas del Impuesto, en las condiciones y con los requisitos que se establezcan reglamentariamente, las siguientes operaciones:
1.º Las entregas de los bienes que se indican a continuación:
e) Los destinados a ser vinculados al régimen de depósito aduanero y los que estén vinculados a dicho régimen.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V2729-19 Exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios de mediación prestados por la consultante como relacionados con una entrega exenta del artículo 24.Uno.1º.e) de la Ley…
- V1727-17 Si puede aplicarse a la venta efectuada por la consultante la exención prevista en el artículo 24. Uno. 1º.e) de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido
- V3298-13 Aplicación de la exención en las entregas de aceites y grasas comestibles que van a vincularse al régimen de depósito distinto del aduanero en las siguientes situaciones: 1º Entregas…
- V3297-13 Cuales son las entregas que deben entenderse exentas en estos supuestos. - Vinculación de las consultas tributarias.
- V1605-13 Aplicación de la exención prevista en el artículo 24.Uno.1º.e) de la Ley 37/1992.
- V2500-10 Si las entregas de aceites usados a la planta de producción de biodiesel estarán exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido por tratarse de entregas de bienes destinados a ser vinculados…
- V1812-10 Computo de las referidas operaciones para la determinación del volumen de operaciones de las entidades asociadas a la consultante.
- V2374-08 1º) En relación con el Impuesto sobre Hidrocarbruos: 1. Importación en España de gas natural procedente de terceros países, para su introducción en las instalaciones del sistema gasista…
- 1285-04 1) Reglas a efectos de IVA para establecer en España un depósito distinto del aduanero 2) Necesidad de un número de identificación a efectos de IVA tanto para un depósito distinto…
- 1257-02 Exención de las entregas.
- V0091-00 Posibilidad de vincular esas embarcaciones al régimen de depósito distinto del aduanero a fin de poder aplicar a la operación de entrega la exención prevista en el artículo 24-1-1º-e)…
- 0212-01 Aplicación de la exención prevista en el artículo 24.uno.1º.e) de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, a las referidas ventas de gasóleo.
- 2155-00 Aplicación de la exención prevista en el artículo 24, apartado uno, número 1º, letra e) de la Ley 37/1992, a las entregas de vino efectuadas por las Cooperativas de base a la Cooperativa…
- 1610-00 Exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido de la referida entrega de vino.
- 0932-00 Aplicación de la exención prevista en el artículo 24 de la Ley 37/1992 a las entregas de estos productos, así como a las prestaciones de servicio consistentes en su transporte.
- 0027-00 Exención del Impuesto sobre el Valor Añadido a las referidas entregas de vino.
- 2145-99 Exención.
- 1798-99 Exención de las entregas de vino embotellado efectuadas por la primera empresa a la segunda.
- 1100-99 Si la referida exención alcanza también a las entregas de las botellas en donde está contenido el vino objeto de entrega en el momento en que esta tiene lugar y a las de las etiquetas…
- 0998-99 Exención de las mencionadas entregas.
- 0669-99 Si está exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido la entrega de vino que efectúa la Cooperativa de base a la Cooperativa consultante.
- V0009-99 1. Exención del Impuesto sobre el Valor Añadido de las entregas de bienes de origen comunitario procedentes de fábricas o de depósitos fiscales ubicados en el territorio peninsular español…
- 0464-99 Aplicación de la exención prevista en el artículo 24, apartado uno, número 1º, letra e) de la ley 37/1992, a las entregas de vino efectuadas por las Cooperativas de base a la Cooperativa…
- 0858-98 Régimen a efectos del IVA.
- 1966-97 Exención.