Artículo 21 de la Ley 37/1992: Exenciones en las exportaciones de bienes
Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido · 535 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
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Redacción vigente desde el 1 de enero de 2023 · 7 redacciones desde su aprobación · texto consolidado del BOE actualizado el 7 de octubre de 2026.
Estarán exentas del impuesto, en las condiciones y con los requisitos que se establezcan reglamentariamente, las siguientes operaciones:
1.º Las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el transmitente o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta de éste.
2.º Las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el adquirente no establecido en el territorio de aplicación del impuesto o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta de él.
Se excluyen de lo dispuesto en el párrafo anterior los bienes destinados al equipamiento o avituallamiento de embarcaciones deportivas o de recreo, de aviones de turismo o de cualquier medio de transporte de uso privado.
Estarán también exentas del impuesto:
A) Las entregas de bienes a viajeros con cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) La exención se hará efectiva mediante el reembolso del impuesto soportado en las adquisiciones.
b) Que los viajeros tengan su residencia habitual fuera del territorio de la Comunidad.
c) Que los bienes adquiridos salgan efectivamente del territorio de la Comunidad.
d) Que el conjunto de los bienes adquiridos no constituya una expedición comercial.
A los efectos de esta Ley, se considerará que los bienes conducidos por los viajeros no constituyen una expedición comercial cuando se trate de bienes adquiridos ocasionalmente, que se destinen al uso personal o familiar de los viajeros o a ser ofrecidos como regalos y que, por su naturaleza y cantidad, no pueda presumirse que sean el objeto de una actividad comercial.
B) Las entregas de bienes efectuadas en las tiendas libres de impuestos que, bajo control aduanero, existen en los puertos y aeropuertos cuando los adquirentes sean personas que salgan inmediatamente con destino a territorios terceros, así como las efectuadas a bordo de los buques o aeronaves que realicen navegaciones con destino a puertos o aeropuertos situados en territorios terceros.
3.º Las prestaciones de servicios que consistan en trabajos realizados sobre bienes muebles adquiridos o importados para ser objeto de dichos trabajos en el territorio de aplicación del Impuesto y, seguidamente, expedidos o transportados fuera de la Comunidad por quien ha efectuado los mencionados trabajos, por el destinatario de los mismos no establecido en el territorio de aplicación del Impuesto, por persona distinta de las anteriores que ostente la condición de exportador de conformidad con lo dispuesto en la normativa aduanera o, bien, por otra persona que actúe en nombre y por cuenta de cualquiera de los anteriores.
La exención no se extiende a los trabajos de reparación o mantenimiento de embarcaciones deportivas o de recreo, aviones de turismo o cualquier otro medio de transporte de uso privado introducidos en régimen de tránsito o de importación temporal.
4.º Las entregas de bienes a Organismos reconocidos que los exporten fuera del territorio de la Comunidad en el marco de sus actividades humanitarias, caritativas o educativas, previo reconocimiento del derecho a la exención.
No obstante, cuando quien entregue los bienes a que se refiere el párrafo anterior de este número sea un Ente público o un establecimiento privado de carácter social, se podrá solicitar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la devolución del Impuesto soportado que no haya podido deducirse totalmente previa justificación de su importe en el plazo de tres meses desde que dichas entregas se realicen.
5.º Las prestaciones de servicios, incluidas las de transporte y operaciones accesorias, distintas de las que gocen de exención conforme al artículo 20 de esta Ley, cuando estén directamente relacionadas con las exportaciones de bienes fuera del territorio de la Comunidad.
Se considerarán directamente relacionados con las mencionadas exportaciones los servicios respecto de los cuales concurran las siguientes condiciones:
a) Que se presten a quienes realicen dichas exportaciones, a los destinatarios de los bienes, a sus representantes aduaneros, o a los transitarios y consignatarios que actúen por cuenta de unos u otros.
b) Que se realicen a partir del momento en que los bienes se expidan directamente con destino a un punto situado fuera del territorio de la Comunidad o a un punto situado en zona portuaria, aeroportuaria o fronteriza para su inmediata expedición fuera de dicho territorio.
La condición a que se refiere la letra b) anterior no se exigirá en relación con los servicios de arrendamiento de medios de transporte, embalaje y acondicionamiento de la carga, reconocimiento de las mercancías por cuenta de los adquirentes y otros análogos cuya realización previa sea imprescindible para llevar a cabo el envío.
6.º Las prestaciones de servicios realizadas por intermediarios que actúen en nombre y por cuenta de terceros cuando intervengan en las operaciones exentas descritas en el presente artículo.
7.º Las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por quien ostente la condición de exportador, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aduanera, distinto del transmitente o el adquirente no establecido en el territorio de aplicación del impuesto, o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta del mismo.
Notas del BOE sobre las modificaciones (7)
Se modifica el apartado 3º y se añade el 7º por el art. 74.3 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-22128#a7-6
Se modifica el apartado 2º.A).a) por el art. 76 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. Ref. BOE-A-2018-9268#a7-2
Se modifica el apartado 5º, con efectos de 1 de enero de 2015, por el art. 68 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2015-11644#a68.
Se modifica el apartado 5º.a) por el art. 1.8 de la Ley 28/2014, de 27 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-12329.
Se modifica el apartado 4º por la disposición adicional 49 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-19703.
Se modifica el apartado 2º.A).a) por el art. 28.5 del Real Decreto-Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964
Redactado conforme a la correción de errores publicada en BOE núm. 16 de 18 de enero de 1996. Ref. BOE-A-1996-1219
Doctrina por apartados
- 1º Las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el transmitente o por un tercero que actúe en
- 2º Las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el adquirente no establecido en el territorio
- A) Las entregas de bienes a viajeros con cumplimiento de los siguientes requisitos:
- B) Las entregas de bienes efectuadas en las tiendas libres de impuestos que, bajo control aduanero, existen en los puertos
- 3º Las prestaciones de servicios que consistan en trabajos realizados sobre bienes muebles adquiridos o importados para ser
- 4º Las entregas de bienes a Organismos reconocidos que los exporten fuera del territorio de la Comunidad en el marco de sus
- 5º Las prestaciones de servicios, incluidas las de transporte y operaciones accesorias, distintas de las que gocen de exenc
- a) Que se presten a quienes realicen dichas exportaciones, a los destinatarios de los bienes, a sus representantes aduanero
- 6º Las prestaciones de servicios realizadas por intermediarios que actúen en nombre y por cuenta de terceros cuando interve
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- V2277-19 Si debe emitir factura el consultante a la empresa española por el pago recibido, y si debe en la misma aplicar el Impuesto sobre el Valor Añadido sobre la totalidad de la cantidad recibida…
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- V1746-19 1. Si la consultante debe emitir factura cuando recibe anticipos a cuenta de futuras entregas intracomunitarias de bienes y en tal caso si deben informarse en el modelo 349, así…
- V1719-19 Si la operación efectuada por el proveedor de lubricantes a favor de la consultante está exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido y tratamiento del rappel concedido a la consultante.
- 0025-19 Si el proveedor de las mercancías puede tener la condición de exportador de las mismas. Sujeción y, en su caso, exención del Impuesto sobre el Valor Añadido de las referidas entregas.
- V1645-19 Aplicabilidad de la exención de aranceles de importación a las piezas, así como tratamiento de las operaciones a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1624-19 Tributación del servicio de asesoramiento en el Impuesto sobre el Valor Añadido de conformidad con la Ley 37/1992.
- V1302-19 La consultante está acogida al Suministro Inmediato de Información a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y se plantea si debe consignar en las facturas emitidas el Número…
- 0021-19 Si la entrega efectuada a la entidad holandesa puede quedar exenta con arreglo al artículo 21 de la Ley 37/1992.
- V0641-19 Si la realización de prestaciones de servicios exentas en virtud del artículo 21.5º de la Ley 37/1992 determinan que la consultante deba aplicar la regla de prorrata.
- V0481-19 Si la operación de venta del vehículo está exenta del impuesto.
- V0205-19 Si la consultante tiene la consideración de exportadora de los bienes y, por tanto, debe figurar en la casilla 2 del correspondiente DUA y si el adquirente final establecido debe ser…
- V0173-19 Si la entrega efectuada por la Sociedad A a la Sociedad B puede quedar exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido en virtud del artículo 21 de la Ley 37/1992.
- V0042-19 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de las prestaciones de servicios señaladas en ambas operaciones.
- V0037-19 Si en la operación de venta de la consultante a la primera adquirente sería de aplicación la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido prevista en el artículo 21 de la Ley 37/1992.
- 0003-19 Si las entregas efectuadas por la consultante están exentas del impuesto en virtud del artículo 21 de la Ley 37/1992 así como forma en que debe rellenarse el Documento Único Administrativo…
- V2908-18 Si el adquirente brasileño cumple las condiciones necesarias del régimen e viajeros para que la consultante pueda devolver el importe del impuesto repercutido con ocasión de la venta…
- V2830-18 Tributación de los mencionados servicios de mediación que recibe la consultante a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2826-18 Tributación de las operaciones prestadas por el proveedor alemán a la consultante, así como obligación por esta última de reflejar dichas operaciones en la declaración recapitulativa…
- V2280-18 Lugar de realización y tributación de las operaciones efectuadas por la consultante a favor de la entidad belga y las realizadas por ésta a favor de sus clientes finales. Número…
- V2097-18 Se cuestiona acerca de a quién corresponde la condición de sujeto pasivo del impuesto en la importación del principio activo y si, en caso de corresponder a la consultante, si puede deducir…
- V1959-18 Si por las dos adquisiciones de bienes efectuadas debe soportar el Impuesto sobre el Valor Añadido o únicamente por los bienes finalmente revendidos en el territorio de aplicación…
- V1687-18 Momento en que debe expedirse la factura correspondiente a dicha operación y si resulta necesaria la aportación de una factura para la presentación del DUA (Documento Único Administrativo)…
- V1680-18 Si la entrega efectuada por la consultante está exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido como exportación.
- V1152-18 Tributación de la venta del buque por la consultante a favor de la entidad bancaria así como del arrendamiento financiero efectuado posteriormente por la entidad bancaria a favor…
- V1105-18 Si el transporte de mercancías para su exportación temporal en régimen de perfeccionamiento pasivo se encuentra exento del Impuesto sobre el Valor Añadido como servicio relacionado…
- V1024-18 1) Si la fusión por absorción podría quedar sometida al régimen especial del capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades…
- V0985-18 Si a los servicios de llenado de contenedores le es de aplicación la exención contemplada en el artículo 21.5º de la Ley 37/1992 y si la documentación en poder de la consultante hace prueba…
- V0968-18 Se cuestiona acerca de la tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de la operación consistente en el diseño del proceso productivo y la fabricación de piezas de utillaje así…
- V0893-18 Si la adquisición de madera a los proveedores en las condiciones mencionadas está exenta del impuesto en virtud del artículo 24 de la Ley 37/1992 y si la ultimación del régimen de depósito…
- V0866-18 Calificación de la operación. Modelo 303, 349 y 390.
- 0013-18 Si la operación está sujeta y no exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido y en su caso, sujeta al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI).
- TEA 00395/2015 IVA. Recargo de equivalencia. Devoluciones a exportadores en régimen de viajeros. Denegación de la solicitud de devolución por haber presentado la autoliquidación fuera de plazo.
- V0235-18 Si la entidad suiza cuenta con un establecimiento permanente en el territorio de aplicación del impuesto, así como el tratamiento a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido…
- V0029-18 Tratamiento en el Impuesto sobre el Valor Añadido de la ultimación del régimen de perfeccionamiento activo en los términos del artículo 324 del Reglamento de ejecución (UE) 2015/2447…
- 0001-18 Si, además de la declaración CN22/23, debe cumplimentar y presentar un Documento Único Administrativo (DUA) para la exportación de los bienes y si las ventas de dichos bienes con destino…
- V3172-17 Si estos servicios estarían sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, si estarían exentos del mismo.
- V3090-17 Exención de la operación descrita.
- V2914-17 1. Si el modelo planteado es conforme a la normativa española reguladora del régimen de viajeros. 2. Requisitos que deben concurrir para la deducibilidad de las cuotas soportadas…
- V2752-17 Se plantea si las adquisiciones del vino efectuadas están sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido. En ese caso, si debe satisfacerse dicho impuesto en el momento de su adquisición…
- V2371-17 Si dicho epígrafe faculta para la venta al extranjero de las gafas y de ser así si debe repercutir el Impuesto sobre el Valor Añadido en las ventas que realice fuera de España. Si la venta…
- V2291-17 Forma de acreditar que las mercancías son efectivamente objeto de exportación y forma de acreditar que el transitario actúa como representante aduanero.
- V1732-17 1º Aplicación de la exención a la exportación de bienes del Impuesto sobre el Valor Añadido de las entregas efectuadas por el fabricante a la consultante, siendo esta última quien se hará…
- V1697-17 Posibilidad de aplicar las exenciones reguladas en los artículos 21, en caso de exportación, y 25, en caso de entrega intracomunitaria, ambos de la Ley 37/1992, a pesar no de no producirse…
- V1683-17 Forma en la que las operaciones de envío de bienes a Canarias deben ser declaradas en la declaración informe con el "modelo 340".
- V1519-17 Exención de los servicios recibidos del agente de aduanas así como los recibidos por los transportistas por los transportes contratados y los servicios prestados como transitario a favor…
- V1454-17 Aplicación de la exención contemplada en el artículo 21.Uno.5º de la Ley 37/1992.
- V1452-17 Tratamiento a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0802-17 1º Aplicación de la exención a la exportación de bienes del Impuesto sobre el Valor Añadido de las entregas efectuadas por el fabricante a la consultante, siendo esta última quien se hará…
- V0800-17 Se cuestiona acerca del alcance de la exención contemplada en el artículo 21.5º de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, en concreto, si están exentos los servicios…
- V0587-17 Exención de los servicios prestados.
- V0563-17 Cuándo se produce el devengo de la operación tratándose de ejecuciones de obra. Devengo del impuesto en los pagos anticipados. Devengo en caso de clientes comunitarios.
- V0346-17 Se cuestiona acerca de la tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de la operación consistente en el diseño del proceso productivo y la fabricación de piezas de utillaje así…
- V5372-16 Exención del Impuesto sobre el Valor Añadido a las operaciones objeto de consulta.
- V5262-16 1. Si las facturas que emite la sociedad por las comisiones recibidas de la sociedad fabricante están exentas de Impuesto sobre el Valor Añadido, según la Ley 37/1992. 2.…
- V5158-16 Aplicación a los servicios prestados por el socio a la sociedad de la exención contenida en el artículo 21.6º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido
- V4740-16 Procedimiento y plazo para la solicitud de la devolución de las cuotas del impuesto reembolsadas a las entidades colaboradoras.
- V4318-16 Si tales servicios están sujetos y exentos del Impuesto.
- V3981-16 Sujeción y, en su caso, exención del Impuesto sobre el Valor Añadido, de las ejecuciones de obra anteriores.
- V3791-16 Tributación del servicio de transporte.
- V3432-16 Si el epígrafe en que se dará de alta es el correcto. Si ha de repercutir el Impuesto sobre el Valor Añadido en las facturas que expida y en particular, si las ventas a Canarias constituyen…
- V3309-16 Si las operaciones de venta de los bienes comercializados tiene la consideración de exportación de bienes y si los servicios de transporte contratados y demás accesorios a la operación…
- V1822-16 Realiza cinco preguntas: 1. Clasificación en el Impuesto sobre Actividades Económicas. 2. Cómo debe tributar en España. 3. Aplicación del IVA a los materiales y bienes de equipo…
- V1760-16 Epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas en los que debe estar dado de alta. - Tratamiento del Impuesto sobre el Valor Añadido en las actividades que viene realizando, incluidas…
- 0015-16 Sujeción de dichas ventas al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1320-16 Sujeción y, en su caso, exención, de las operaciones anteriores, tanto si los bienes se envían a otro Estado miembro o fuera de la Comunidad.
- V1124-16 Sujeción de dichas ventas al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0656-16 Si la entrega de equipos es accesoria al servicio de reparación y cuál ha de ser el criterio para calificar tales operaciones como entregas de bienes o prestaciones de servicios. Sujeción…
- V4152-15 Sujeción de la operación de mediación al impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, declaración de la misma.
- V3817-15 Tributación de las operaciones anteriores.
- V3614-15 Se cuestiona acerca de la deducibilidad de las cuotas soportadas por la consultante y destinadas a la realización de dichas ventas y prestaciones de servicios y si está obligado a utilizar…
- V3491-15 Lugar de realización de las operaciones de venta de la entidad consultante, posibilidad de aplicar algún supuesto de exención, justificación documental de los requisitos exigidos…
- V3231-15 Exención en la entrega de dichas mercancías.
- V3212-15 Aplicación de la exención contenida en el artículo 21.2º de la Ley 37/1992 para las tiendas libres de impuestos:
- V2557-15 Base imponible de las operaciones efectuadas a favor de sus clientes. Cálculo del volumen de operaciones efectuado y declaración de las operaciones, a efectos del Impuesto sobre el Valor…
- V2306-15 Devolución del IVA.
- V2096-15 Exención en la exportación de la maquinaria.
- V1830-15 1º Sujeción y, en su caso, exención del Impuesto sobre el Valor Añadido de un servicio de transporte con destino a las Islas Canarias prestado a por la consultante a un empresario que tenga…
- V1596-15 Exención del Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios relacionados con las exportaciones y, en particular de los servicios de transportes, en los que intervengan los consultantes…
- V1595-15 Exención del Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios relacionados con las exportaciones y, en particular de los servicios de transportes, en los que intervengan los consultantes…
- V1560-15 Respecto de la primera de las operaciones se cuestiona si debe ser tratada como una entrega intracomunitaria y declarada, por tanto, en el modelo 349 o si por el contrario se trata…
- V1510-15 Posibilidad de aplicar la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido contenida en el artículo 22.1º para las tiendas libres de impuestos mediante un procedimiento simplificado…
- V1497-15 Se cuestiona por la aplicación a dicha operación de la exención prevista en el artículo 21.1º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1496-15 Se plantea la cuestión de si la empresa china podría aparecer como exportadora en la casilla 2 del Documento único Administrativo (DUA) de exportación, en relación con la aplicación…
- V1462-15 1.Si los servicios de transporte prestados por la empresa consultante hasta el "almacén de salida" están o no exentos de IVA. 2. Si los servicios de transporte prestados a la consultante…
- V1414-15 Aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido al importe del impuesto y, en su caso, tipo impositivo aplicable.
- V0785-15 Exención de las entregas de bienes efectuadas por la consultante.
- V0535-15 Exención del Impuesto.
- V0341-15 Lugar de realización de las operaciones subcontratadas por la entidad consultante con los técnicos y empresas establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto. Exención…
- V0179-15 Se cuestiona acerca de si la operación entre la entidad consultante y el expedidor de la mercancía está sujeta y exenta del impuesto teniendo en cuenta que las mercancías son objeto…
- V0173-15 Calificación de la operación descrita como entrega de bienes o prestación de servicios, lugar de realización y tipo impositivo aplicable.
- V0011-15 Exención de las entregas efectuadas por la consultante a su cliente español.
- V3344-14 Tipo impositivo aplicable.
- V3251-14 Exención de la entrega de los moldes.
- V3154-14 En la realización de dichas operaciones, ¿debe la entidad consultante repercutir el impuesto sobre el valor añadido a la entidad adquirente de las mercancías?, ¿debe incluirse en la base…
- V3111-14 Sujeción al Impuesto de dichas ventas.
- V3025-14 Posibilidad de que la consultante se deduzca el IVA devengado por la importación de los productos y, en su caso, en función de su destino final cuando son vendidos por su cliente…
- V3023-14 Tributación de las operaciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V3017-14 Exención del Impuesto en el Impuesto sobre el Valor Añadido, justificación de la exención y posibilidad de efectuar compras exentas con salida hacía otro Estado miembro comunitario…
- V3011-14 Tributación de las operaciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido y, en particular, tipo impositivo aplicable a las mismas.
- V2945-14 Se plantea la aplicabilidad o no del IVA a las operaciones descritas anteriormente y, en especial, respecto de las operaciones de compra de equipos que posteriormente serán instalados…
- V2891-14 Solicita sea aclarada la localización de las operaciones de venta efectuadas.
- V2599-14 Tributación de las siguientes dos operaciones: a) productos fabricados en España y transportados a países fuera de la Unión Europea y b) productos fabricados fuera de la Unión Europea…
- V2415-14 Posibilidad de que la entidad sustituya el reembolso del Impuesto sobre el Valor Añadido en régimen de viajeros, por una cancelación del saldo que le adeuda su cliente en el importe…
- V2414-14 Posibilidad de que devolución en régimen de viajeros se realice mediante abono en la tarjeta de crédito del cliente que utilizó para realizar la compra, cumplido los requisitos establecidos…
- V1951-14 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones objeto de consulta.
- V0703-14 Tributación de las operaciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido y declaración de la recepción de la maquinaría en el territorio de aplicación del Impuesto en los modelos de declaración.
- V0678-14 Exención de la entrega realizada por el consultante.
- V0421-14 Exención de la mediación.
- V0325-14 Régimen aplicable.
- V0299-14 Exención de los servicios.
- V0041-14 Tributación del autoconsumo cuando dichos productos son enviados a Portugal, Canarias y Ceuta y Melilla.
- V3586-13 Obligaciones de facturación: requisitos de las facturas simplificadas y su conservación.
- V3585-13 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de las citadas operaciones.
- V3501-13 Lugar de realización de las operaciones descritas.
- V2547-13 Exención de las entregas interiores.
- V2526-13 Requisitos y documentación acreditativa si el destino de la mercancía es una entrega intracomunitaria y si es una exportación.
- V1981-13 Exención de la entrega de la peletera.
- V1760-13 Si a la entrega entre la entidad consultante y la sociedad italiana le resulta de aplicación la exención del artículo 21.2 de la Ley del Impuesto
- V1529-13 Aplicación a las entregas efectuadas por las empresas petroleras citadas las exenciones reguladas en los artículos 21 y 22 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1496-13 Exención de las entregas interiores.
- V1478-13 Derecho a la deducción.
- V1473-13 Exención de la entrega interior.
- V1469-13 Exención del transporte.
- V1468-13 Exención de la entrega interior.
- V0954-13 Tributación de los servicios de formación, necesarios para el manejo de los equipos, y que se imparte en Cabo Verde.
- V0953-13 Tributación de los servicios de formación, necesarios para el manejo de los equipos, y que se imparte en Cabo Verde
- V0945-13 Exención de la operación. - Rectificación.
- V0939-13 Exención de las exportaciones.
- V0809-13 Exención de la entrega interior
- V0806-13 Exención de las mediaciones.
- V0802-13 Exención de las operaciones.
- V0570-13 Exención de la entrega interior.
- V0050-13 Exención de la entrega interior.
- V0049-13 Exención de la entrega interior.
- V2189-12 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido. Deducibilidad del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado.
- V0553-12 Exención. - Obligaciones de la consultante. - Facturación.
- V0503-12 Posibilidad de realizar la operación en régimen de viajeros.
- V3021-11 1º Derechos de aduana e Impuesto sobre el Valor Añadido exigibles a la importación vinculada al régimen de perfeccionamiento activo. 2º Valor estadístico de la exportación.
- V2395-11 Exención de los servicios de transporte.
- V2127-11 Procedimiento para la devolución de dichas cantidades. Rectificación de las facturas.
- V2060-11 Exención de las entregas.
- V2041-11 Exención del Impuesto sobre el Valor Añadido de la adquisición de los bienes que va a realizar la consultante en la medida que van a ser objeto de exportación.
- V1985-11 Exención de la entrega interior.
- V1923-11 Tributación de las operaciones descritas a efectos del Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre la Renta de No Residentes y del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1914-11 Exención de la mediación.
- V1912-11 Exención de la entrega interior.
- V1655-11 Exención de las operaciones descritas.
- V1651-11 Exención de los servicios consultados.
- V1636-11 Si los servicios prestados se encuentran exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1226-11 Exención del IVA.
- V0887-11 Exención de las operaciones descritas.
- V0883-11 Si la entrega entre las dos sociedades establecidas está exenta del Impuesto.
- V0511-11 Exención de las entregas interiores.
- V0435-11 Exención de la entrega entre la fábrica y la consultante-exportadora.
- V0188-11 Exenciones
- V2767-10 Sujeción y, en su caso, exención de la operación en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2558-10 Tratamiento fiscal de las operaciones entre A y B.
- V2307-10 Si la operación de intermediación de la empresa peruana "ZARPE" se entiende realizada en el territorio español a efectos de su sujeción al IRNR e IVA. Sujeción de las comisiones generadas…
- V1911-10 Exención de la entrega interior según figure como exportador la empresa española o la no establecida francesa.
- V1518-10 Exención de los servicios de reparación.
- V1383-10 Exención de los referidos servicios de transporte.
- V0977-10 Exención del transporte.
- 0005-10 Facturación y consignación en el DUA de las operaciones descritas.
- V0729-10 Exención de las entregas de bienes previas a operaciones de exportación.
- V0554-10 Exención de las comisiones cobradas por el consultante como consecuencia de la realización de la subasta.