Artículo 6 del RD 1624/1992: Calificación como entidad o establecimiento privado de carácter social
Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido · 33 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
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Texto del artículo
Redacción vigente desde el 27 de octubre de 2013 · 2 redacciones desde su aprobación · texto consolidado del BOE actualizado el 5 de noviembre de 2026.
La calificación como entidad o establecimiento privado de carácter social podrá obtenerse mediante solicitud a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dirigida a la Delegación o Administración de la misma, en cuya circunscripción territorial esté situado su domicilio fiscal.
En cualquier caso, las exenciones correspondientes a los servicios prestados por entidades o establecimientos de carácter social se aplicarán siempre que se cumplan los requisitos que se establecen en el apartado tres del artículo 20 de la Ley del Impuesto, con independencia del momento en que, en su caso, se obtenga su calificación como tales conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
Notas del BOE sobre las modificaciones (2)
Se modifica por el art. 1.2 del Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre. Ref. BOE-A-2013-11216.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 33, de 8 de febrero de 1993. Ref. BOE-A-1993-3300
Consultas y resoluciones que lo citan
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- V0295-17 Tributación por el Impuesto sobre el Valor Añadido de los conciertos realizados y en su caso repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido.
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- V0966-14 Calificación de la consultante como entidad de carácter social a efectos de la Ley 37/1992. - Exención de los servicios prestados por la misma.
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- V0754-07 Sujeción y, en su caso, exención de estas actividades.
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- V1383-06 Tratamiento del IVA soportado por la Asociación mencionada en el escrito de consulta.
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- 1771-03 Sujeción de los servicios descritos y posibles exenciones.
- 1710-02 Exención de los servicios prestados al Ayuntamiento de Orense y procedencia del tipo reducido del 7 por ciento en los servicios prestados a terceros.
- 0965-02 Si los servicios de transporte y alojamiento son accesorios a los de organización del congreso o constituyen servicios diferenciados.- Si los servicios prestados para la organización…
- 0430-02 Tipo impositivo aplicable a terceros por los servicios prestados.
- 1871-01 Sujeción al Impuesto. Aplicación de la regla de prorrata.
- 0752-00 Si dicha Asociación está sujeta y obligada a presentar declaración en el Impuesto sobre Actividades Económicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre el Valor Añadido.
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- 1056-99 Inclusión en la base imponible del importe de dicha subvención. -Inclusión en el denominador de la prorrata de deducción de la citada subvención. -Exención de los servicios culturales.…
- 0404-99 Reconocimiento de su carácter social. - Exención de los servicios prestados.
- 1911-98 Deducción del I.V.A. soportado y aplicación de la regla de prorrata.
- 1128-98 Aplicación exención plena.
- 0807-97 Exención . - Tipo impositivo aplicable. - Repercusión.
- 0467-97 Exención.