Artículo 91.Uno.2.1º de la Ley 37/1992
Tipos impositivos reducidos · 47 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 8 de octubre de 2026.
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Uno. Se aplicará el tipo del 10 por ciento a las operaciones siguientes:
2. Las prestaciones de servicios siguientes:
1.º Los transportes de viajeros y sus equipajes.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V0109-24 Sujeción y, en su caso, tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a dichos servicios.
- V3158-23 Tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a dichos servicios.
- TEA 07296/2019 IVA. Tipos impositivos. Prestación principal - accesoria. Se plantea el tipo impositivo aplicable a la actividad desarrollada por la reclamante, que engloba el aparcamiento de vehículos…
- V2940-21 Sujeción del citado servicio, en todo o en parte, al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2363-21 Aplicabilidad al servicio descrito del tipo reducido del 10 por ciento contenido en el artículo 91.Uno.2.1º de la Ley 37/1992, como actividad de transporte de viajeros.
- TEA 00149/2019 IVA, tipo impositivo aplicable a la actividad de vuelos turísticos en globo.
- V2040-20 Si el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas es el correcto. Tipo impositivo aplicable en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1128-20 Exención de los servicios como servicios de asistencia social,
- V1626-19 Tributación por el Impuesto sobre el Valor Añadido y tipo impositivo aplicable a la prestación del servicio de transporte objeto de consulta.
- V0699-19 Sujeción y, en su caso, exención del Impuesto sobre el Valor Añadido de la cesión de la aeronave mediante contraprestación. Si a los importes facturados a los viajeros por el consultante le…
- V3030-18 Tipo impositivo aplicable a los servicios de transporte señalados.
- TEA 11049/2015 IVA. Tipos impositivos. Acreditación de la actividad principal realizada por la entidad. Presunción de certeza de la actividad declarada.
- V0406-18 Aplicación de la exención contenida en el artículo 22.Trece de la Ley 37/1992, al referido servicio de transporte.
- 0010-18 Aplicación de la exención contenida en el artículo 22.Trece de la Ley 37/1992, al referido servicio de transporte.
- V0231-18 Sujeción y en su caso exención.
- V0206-18 Aplicación de la exención del artículo 20.uno, 8º de la Ley 37/1992 a los servicios prestados.
- V2374-17 Aplicación a dichos servicios de la exención contemplada en el artículo 20 uno 15º de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1407-17 Tipo de gravamen aplicable a los citados servicios y entregas.
- V4630-16 Tipo impositivo aplicable.
- V3583-16 Tipo impositivo aplicable a las entregas de flores y servicio de transporte realizados en el marco del servicio funerario.
- V3582-16 Tipo impositivo aplicable al servicio de transporte prestado en el marco del servicio funerario.
- V0803-14 Tipo impositivo aplicable a los servicios prestados por la consultante.
- V0326-14 Tipo impositivo aplicable.
- V3113-13 Tipo impositivo aplicable.
- V2273-13 Tipo impositivo aplicable al citado servicio de transporte.
- V1675-13 Tipo impositivo aplicable al citado servicio de transporte.
- V2839-11 Posibilidad de considerar los servicios prestados por la consultante como servicios de transporte de viajeros y sus equipajes, a efectos de aplicar el tipo impositivo del 8 por ciento.
- V1162-11 Tipo impositivo aplicable.
- V2726-10 Tributación de este tipo de operaciones.
- V2423-10 Tipo impositivo aplicable a las operaciones descritas.
- V1387-10 Tratamiento de las operaciones a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1889-09 Tipo impositivo aplicable a los mencionados servicios.
- V0524-06 Sociedad que realiza la prestación de servicios relativa a accidentes.
- V0459-05 Tipo impositivo aplicable a las citadas operaciones.
- 1968-04 Necesidad de cumplir algún requisito para el ejercicio de esta actividad.- Tipo impositivo aplicable tanto si presta dicho servicio con medios propios como con medios ajenos que subcontrate…
- 1883-04 Tipo impositivo aplicable al alquiler de vehículos con conductor.
- 1717-04 Tipo impositivo aplicable.
- 1841-03 Tipo de gravamen aplicable.
- 1555-02 Sujeción de los servicios y tipo.
- 1561-01 Tipo de gravamen correspondiente a las operaciones efectuadas por la operadora del tren.
- 1728-00 Tipo impositivo aplicable.
- 2343-99 Tipo impositivo aplicable a los siguientes productos: - tickets (transporte público) - libros - fuel-oil
- 0073-99 Tipo impositivo aplicable
- 1680-98 Tipo impositivo aplicable.
- 1529-98 Tipo impositivo aplicable a los referidos servicios.
- 0137-98 Tipo impositivo aplicable a los servicios de cesión de las instalaciones viarias.
- 2325-97 Posibilidad de aplicar el tipo del 7 por ciento a la cesión de muelles, viales, zonas de estacionamiento y demás infraestructuras, de acuerdo con el artículo 91,uno,2,1º de la Ley 37/1992.