Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 78.Dos.4º de la Ley 37/1992

Base imponible. Regla general · 44 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 10 de noviembre de 2017.

Dos. En particular, se incluyen en el concepto de contraprestación:

4.º Los tributos y gravámenes de cualquier clase que recaigan sobre las mismas operaciones gravadas, excepto el propio Impuesto sobre el Valor Añadido.

Lo dispuesto en este número comprenderá los impuestos especiales que se exijan en relación con los bienes que sean objeto de las operaciones gravadas, con excepción del impuesto especial sobre determinados medios de transporte.

Consultas y resoluciones que lo citan