Artículo 20.Uno.18º.h) de la Ley 37/1992
Exenciones en operaciones interiores · 36 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 8 de octubre de 2026.
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Uno. Estarán exentas de este impuesto las siguientes operaciones:
18.º Las siguientes operaciones financieras:
h) Las operaciones relativas a transferencias, giros, cheques, libranzas, pagarés, letras de cambio, tarjetas de pago o de crédito y otras órdenes de pago.
La exención se extiende a las operaciones siguientes:
a') La compensación interbancaria de cheques y talones.
b') La aceptación y la gestión de la aceptación.
c') El protesto o declaración sustitutiva y la gestión del protesto.
No se incluye en la exención el servicio de cobro de letras de cambio o demás documentos que se hayan recibido en gestión de cobro. Tampoco se incluyen en la exención los servicios prestados al cedente en el marco de los contratos de "factoring", con excepción de los de anticipo de fondos que, en su caso, se puedan prestar en estos contratos.
Consultas y resoluciones que lo citan
- TEA 02259/2025 IVA. Exenciones en operaciones financieras. Comisiones recibidas por la entrega y mantenimiento de Terminales Punto de Venta (TPV).
- TEA 01151/2024 IVA. Exenciones en operaciones financieras. La interesada facilita el cobro de los servicios prestados por su cliente mediante la utilización de un TPV virtual en su página web.
- V0195-25 Si los servicios prestados por las entidades que resulten adjudicatarias estarán sujetos y exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1030-24 Exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido por las comisiones recibidas por la sucursal por los servicios prestados.
- V0513-24 1.- Exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido de los "servicios esenciales para la ejecución de la transacción financiera". 2.- Accesoriedad en el Impuesto sobre el Valor Añadido…
- V1623-22 Si las comisiones que se abonan por el servicio de retirada de efectivo están sujetas y exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- TEA 01803/2019-2 IVA. Exenciones en operaciones financieras. Comisiones recibidas por la entrega y mantenimiento de Terminales Punto de Venta (TPV).
- V0760-22 1. Epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas en el que debe darse de alta. 2.- Si las comisiones que se abonan por el servicio de retirada de efectivo están sujetas y exentas…
- V0163-22 1. Exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido por los servicios de retirada de efectivo. 2. Obligaciones formales en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V2164-21 1.- Exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados por la consultante. 2.- Si el servicio de información sobre cuentas es accesorio a la iniciación de pagos…
- V2162-21 Exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados por la consultante.
- V1885-21 Si la consultante debe expedir factura por las ventas de criptomonedas que realice, y si las mismas deben informarse a través del suministro inmediato de información. Si la sociedad debe…
- V2633-20 Exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido por los servicios de retirada de efectivo.
- V2678-19 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de la actividad de gestión de cobro desarrollada por la consultante.
- V0151-19 Obligaciones formales derivadas de estas operaciones.
- V2034-18 Tributación de tales actividades a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1073-18 Exención de los servicios externalizados.
- V3625-16 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de dicha actividad. Derecho a la deducción.
- V3588-16 Exención de los servicios objeto de consulta.
- V2846-15 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de dicha actividad.
- V1029-15 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de dicha actividad.
- V1028-15 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de dicha actividad. Clasificación en el Impuesto sobre Actividades Económicas de dicha actividad.
- V1432-14 Límites a la exención en la gestión integral de tarjetas de crédito.
- V2666-13 Tributación de las operaciones señaladas.
- V1098-13 Exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones realizadas por la consultante.
- V1914-12 Exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones descritas.
- V1143-12 Exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones descritas. El Patronato de Bienestar Social de un ayuntamiento contrata con una empresa la expedición de cheques…
- V0097-12 Exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones descritas.
- V0659-05 Sujeción y, en su caso, exención de los servicios prestados. - Tipo impositivo aplicable, en su caso.
- 0691-04 Régimen de deducción del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado afecto a cada una de las operaciones anteriores.-Deducción de las cuotas soportadas en ejercicios anteriores y que no han…
- 1436-03 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido. Aplicación de la exención del artículo 20-Uno-18-h) de la Ley 37/1992
- 0640-02 Exención del Impuesto sobre el Valor Añadido para estos servicios y otras prestaciones accesorias a los mismos.
- 0028-01 Posibilidad de expedir tickets sustitutivos de las facturas - Sujeción al Impuesto de la actividad de envío de dinero al extranjero.
- 1386-00 Exención de las operaciones.
- 0046-99 Si el servicio prestado por la entidad a la consultante está exento del IVA de acuerdo con el artículo 20, uno, 18º, h) de la Ley 37/1992.
- 0565-98 Exención del Impuesto de las referidas operaciones.