Artículo 99.Uno de la Ley 37/1992
Ejercicio del derecho a la deducción · 23 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 31 de octubre de 2012.
Uno. En las declaraciones-liquidaciones correspondientes a cada uno de los períodos de liquidación, los sujetos pasivos podrán deducir globalmente el montante total de las cuotas deducibles soportadas en dicho período del importe total de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido devengadas durante el mismo período de liquidación en el territorio de aplicación del Impuesto como consecuencia de las entregas de bienes, adquisiciones intracomunitarias de bienes o prestaciones de servicios por ellos realizadas.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V1446-26 Se plantea cuándo debe liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido en dichas operaciones y quién incurre en responsabilidad por incumplir el plazo de emisión de factura.
- TEA 08579/2025 IVA. Deducibilidad en varios ejercicios de las cuotas de IVA soportadas.
- TEA 01155/2023 IVA. Derecho a la deducción de cuotas soportadas.
- V0548-23 A la hora de cumplimentar el modelo 303 de autoliquidación del IVA del cuarto trimestre de 2022, apartado RÉGIMEN SIMPLIFICADO- A -Actividades agrícolas, ganaderas y forestales- Cuota…
- V2348-22 Deducción de las cuotas soportadas por el Impuesto sobre el Valor Añadido anteriores al inicio de la actividad.
- V0485-22 Si se pueden deducir y, en su caso, solicitar la devolución de las cuotas soportadas por el Impuesto sobre el Valor Añadido, anteriores al inicio de la actividad aunque aún no tenga…
- 0025-16 Deducibilidad del Impuesto soportado.
- V1118-16 Posibilidad de deducir las cuotas soportadas en la adquisición de los citados equipos, una vez se reinicie la actividad.
- TEA 06486/2012 IVA. Repercusión indebida e ingreso. Exigencia del ingreso del IVA repercutido indebidamente en una factura aunque la operación no deba tributar por IVA.
- TEA 00177/2013-2 IVA - Derecho de deducción de cuotas soportadas.
- V0605-15 Sujeción al Impuesto y tipo impositivo aplicable a la compraventa, derecho a deducir en función del destino previsto y obligaciones del sujeto pasivo.
- V0869-10 I. En relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se plantea: 1. Imputación temporal de las rentas percibidas por el consultante. 2. Imputación temporal…
- V2743-09 Devengo del Impuesto. Posibilidad de solicitar una devolución de ingresos indebidos por las cuotas improcedentemente repercutidas e ingresadas en el Tesoro público. Obligación de declarar…
- V1591-07 Si se puede repercutir el Impuesto sobre el Valor Añadido en la venta de la vivienda unifamiliar y deducir el impuesto soportado en la obras de reforma y ampliación.
- V0606-06 Deducción de las cuotas soportadas derivadas de dicho contrato.
- V0016-06 Deducción de las cuotas soportadas derivadas de dicho contrato.
- 1736-04 I.- Deducibilidad del Impuesto soportado por el arrendatario, teniendo en cuenta que no se dispone de la factura correspondiente. Plazo de deducción.II.- Posibilidad de exonerar…
- 0080-04 Se desea conocer si en el momento en que se comience a vender la publicación se podrá deducir el IVA soportado durante los cuatro años anteriores a dicho momento.
- 0118-02 Tipo impositivo aplicable a los servicios de duplicados de CD-ROM. - Posibilidad de aplicar el tipo del 4%.
- 0677-01 Período de liquidación para el ejercicio del derecho a la deducción de las cuotas satisfechas en las importaciones.
- 1341-00 Deducibilidad de las cuotas soportadas y posibilidad de deducir las soportadas en los cinco años anteriores, que no han sido objeto de deducción.
- 1977-99 Posibilidad de deducir las cuotas soportadas en períodos anteriores. - Posibilidad de declarar las cuotas devengadas en períodos posteriores a su devengo.
- 0080-98 Posibilidad de deducir del Modelo 300 del 4º trimestre de 1997, las cuotas soportadas e ingresadas con el Modelo 380 antes mencionado.