Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 79.Cuatro de la Ley 37/1992

Base imponible. Reglas especiales · 18 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 10 de abril de 2022.

Cuatro. En los casos de autoconsumo de servicios, se considerará como base imponible el coste de prestación de los servicios incluida, en su caso, la amortización de los bienes cedidos.

Consultas y resoluciones que lo citan