Artículo 89.Tres de la Ley 37/1992
Rectificación de las cuotas impositivas repercutidas · 28 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2015.
Tres. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, no procederá la rectificación de las cuotas impositivas repercutidas en los siguientes casos:
1.º Cuando la rectificación no esté motivada por las causas previstas en el artículo 80 de esta Ley, implique un aumento de las cuotas repercutidas y los destinatarios de las operaciones no actúen como empresarios o profesionales, salvo en supuestos de elevación legal de los tipos impositivos, en que la rectificación podrá efectuarse en el mes en que tenga lugar la entrada en vigor de los nuevos tipos impositivos y en el siguiente.
2.º Cuando sea la Administración Tributaria la que ponga de manifiesto, a través de las correspondientes liquidaciones, cuotas impositivas devengadas y no repercutidas mayores que las declaradas por el sujeto pasivo y resulte acreditado, mediante datos objetivos, que dicho sujeto pasivo participaba en un fraude, o que sabía o debía haber sabido, utilizando al efecto una diligencia razonable, que realizaba una operación que formaba parte de un fraude.
Consultas y resoluciones que lo citan
- TEA 07350/2024 IVA. Base imponible. Inclusión del IVA en el importe de la contraprestación recibida por entregas regularizadas como no exentas realizadas en el marco de una operatoria claramente…
- TEA 03983/2023 IVA. Rectificación de bases imponibles por créditos incobrables. Cuotas que se repercuten a raíz de una regularización inspectora y que resultan impagadas.
- V2229-23 Si el consultante debe expedir factura por la operación consultada, y si el comprador debe rectificar el recibo emitido.
- TEA 07614/2021 IVA. Rectificación autoliquidación. Ventas a distancia. La empresa repercutió IVA en TAI cuando procedía la repercusión en Dinamarca. La Administración Tributaria Danesa exige el impuesto…
- TEA 03594/2018 IVA. Ventas ocultas como ventas con IVA incluido en el Impuesto sobre Sociedades no resulta de aplicación a los ejercicios de 2014 en adelante por modificación de la norma. A partir de 2014…
- TEA 06367/2017-4 IVA. Residencia de religiosas. Rectificación del IVA repercutido (al alza) en ejecución de obras en la que una parte afecta a la "Casa madre" (residencia de las religiosas). No condición…
- TEA 06367/2017-3 IVA. Rectificación de las cuotas repercutidas. Congregación religiosa considerada como consumidor final. Procedencia de la rectificación de las cuotas repercutidas cualquiera que sea…
- V1281-20 Deducibilidad de las nuevas cuotas soportadas y satisfechas por la adquisición de productos, conforme a las facturas rectificativas recibidas.
- TEA 02996/2015-2 IVA. Rectificación de repercusión. Eficacia retroactiva de la modificación del artículo 89.Tres.2º de la Ley del IVA por la Ley 22/2013, de 23 de diciembre.
- TEA 03028/2014 IVA. Rectificación de repercusión. Art 89.Tres.2º de la Ley del IVA. No procedencia de la rectificación cuando sea la Administración Tributaria la que ponga de manifiesto, a través…
- V0383-18 Se plantea el consultante si viene obligado a soportar la repercusión de las cuotas mencionadas así como la forma correcta para la repercusión de las mismas y su importe.
- TEA 01597/2014-2 IVA. Repercusión. Rectificación al alza. Art 89.Uno, párrafo segundo, de la LIVA. Sujeto pasivo que emite factura sin repercusión del IVA al considerar la operación de expropiación forzosa…
- TEA 07081/2013 IVA. Rectificación de bases imponibles por créditos incobrables. Cuotas que se repercuten a raíz de una regularización inspectora en la que no se considera que la conducta de la reclamante…
- V2259-16 Deducción de las cuotas soportadas por la consultante que han sido repercutidas por su proveedor, como consecuencia de la recuperación en virtud de la actuación inspectora.
- V2629-15 Posibilidad de que la empresa proceda a la repercusión de las cuotas inicialmente no repercutidas.
- V0422-14 Posibilidad de que la empresa extinguida proceda a la repercusión de las cuotas inicialmente no repercutidas a las consultantes.
- V1505-13 Posibilidad de que la empresa suministradora proceda a la repercusión de las cuotas inicialmente no repercutidas a la consultante.
- TEA 04385/2010 IVA. Repercusión. Plazo para repercutir en casos en los que no se repercutió amparándose en una interpretación razonable de la norma y posteriormente, en comprobación administrativa resultó…
- V0541-12 Posibilidad de que la consultante emita facturas rectificativas, ya que el destinatario de las mismas actúa como empresario o profesional y la conducta de la consultante no ha sido…
- V2557-10 1º Derecho del transmitente a la emitir la factura rectificativa. 2º Documentación de la operación. 3º Derecho a la deducción de la cuota repercutida.
- V2149-09 Procedencia de la expedición de factura rectificativa y de la deducción de la cuota en esta documentada.
- V1142-09 Procedencia de la expedición de factura rectificativa y de la deducción de la cuota en ella documentada.
- 0645-04 Procedencia de la rectificación de la cuota repercutida a la sociedad vinculada y, deducción por parte de ésta última del exceso de cuota, una vez rectificada.
- 0613-02 1) Rectificación por el consultante de la no repercusión en factura a la Sociedad de las referidas cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido.2) Posibilidad de deducir dichas cuotas…
- 0550-02 1) Posibilidad de rectificar el IVA repercutido en la operación de permuta. 2) Posibilidad de deducir dichas cuotas por las Sociedades “A” y “C”.
- 2070-01 1) Rectificación por la Sociedad "A" de la no repercusión en factura a la Sociedad "B" de las referidas cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido. 2) Posibilidad de deducir dichas cuotas…
- 1321-97 Posibilidad de rectificar la repercusión incorrecta efectuada a los destinatarios de las operaciones.
- 0632-97 Posibilidad de modificar la base imponible por impago de las cuotas.