Artículo 63 de la Ley 37/1992: Reimportaciones de bienes
Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido · 18 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
Ver los 18 en el buscadorcon filtros por apartado, fechas, fuente y textoEste artículo en el BOE ↗
Texto del artículo
Redacción vigente desde el 1 de enero de 1993 · texto consolidado del BOE actualizado el 7 de octubre de 2026.
Estarán exentas del impuesto las reimportaciones de bienes en el mismo estado en que fueran exportados previamente, cuando se efectúen por quien los hubiese exportado y se beneficien, asimismo, de la exención de los derechos de importación.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V2669-22 Tributación de la introducción o salida de las embarcaciones privadas de recreo británicas en España a efectos aduaneros, del Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto Especial…
- V1822-22 Tratamiento de las operaciones de entrada y salida de los libros objeto de consulta a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y Aduanas.
- V1446-22 Si, ante la inadmisión de la solicitud de rectificación de la declaración presentada, la consultante puede deducir la cuota del Impuesto sobre el Valor Añadido a la importación liquidada…
- V0754-20 Si la devolución de compras por parte de particulares establecidos en países terceros y que determina la introducción de una mercancía en el territorio de aplicación del impuesto puede…
- V1053-19 Tributación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido de la introducción de los medicamentos en el territorio de aplicación del impuesto desde Canarias.
- V2880-17 1. Sujeción al Impuesto General Indirecto Canario y al Impuesto sobre el Valor Añadido de los envíos de material protésico de la península a Canarias y de Canarias a la península…
- V1646-17 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de la previa importación del vehículo para poderlo vender en el territorio de aplicación del impuesto.
- V4887-16 Tributación de la operación descrita.
- V0540-11 Facturación y declaración de las operaciones.
- 2106-03 Exención o no de los servicios de transporte.
- 1608-00 Aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido a la operativa descrita.
- 1472-00 Exención de la operación.
- 1092-00 Aplicación del IVA a la importación de los productos compensadores en el territorio de aplicación del Impuesto y a la posterior entrega de los mismos realizadas en dicho territorio.
- 1497-99 Si el Impuesto sobre el Valor Añadido debe abonarse sobre la totalidad de la contraprestación del nuevo equipo o sólo sobre la diferencia de bases imponibles entre el equipo nuevo…
- 0345-99 Exención de la operación.
- 0344-99 Exención de la operación.
- 0017-98 Tratamiento del Impuesto que se exige con ocasión de la entrada de los bienes en el territorio de aplicación del Impuesto.
- 0574-97 Exención a la reimportación de los bienes devueltos por el destinatario canario.