Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 11.Dos.16º de la Ley 37/1992

Concepto de prestación de servicios · 10 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 1 de enero de 2003.

Dos. En particular, se considerarán prestaciones de servicios:

16.º El suministro de productos informáticos cuando no tenga la condición de entrega de bienes, considerándose accesoria a la prestación de servicios la entrega del correspondiente soporte.

En particular, se considerará prestación de servicios el suministro de productos informáticos que hayan sido confeccionados previo encargo de su destinatario conforme a las especificaciones de éste, así como aquellos otros que sean objeto de adaptaciones sustanciales necesarias para el uso por su destinatario.

Consultas y resoluciones que lo citan