Artículo 103.Dos de la Ley 37/1992
Clases de prorrata y criterios de aplicación · 9 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2015.
Dos. La regla de prorrata especial será aplicable en los siguientes supuestos:
1.º Cuando los sujetos pasivos opten por la aplicación de dicha regla en los plazos y forma que se determinen reglamentariamente.
2.º Cuando el montante total de las cuotas deducibles en un año natural por aplicación de la regla de prorrata general exceda en un 10 por ciento o más del que resultaría por aplicación de la regla de prorrata especial.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V1384-24 1. En relación con el cálculo de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, si los ingresos correspondientes a las subvenciones se podrían considerar exentos. 2. Si dichas…
- TEA 02027/2017 IVA. Operaciones de seguro. No deducibilidad de las cuotas soportadas en gastos por siniestros. Inclusión del premio de cobranza del Consorcio de Compensación de Seguros en el sector…
- TEA 01178/2017 IVA. Operaciones de seguro. No deducibilidad de las cuotas soportadas en gastos por siniestros. Inclusión del premio de cobranza del Consorcio de Compensación de Seguros en el sector…
- TEA 02472/2014 IVA. Deducciones. Regla de prorrata. Aplicación de la prorrata especial incumpliendo el requisito de haber optado por ello mediante la presentación de declaración censal en el plazo…
- TEA 02642/2012 IVA. Deducciones regla de prorrata. Opción por la aplicación de la prorrata especial. Revocabilidad / Irrevocabilidad de la opción ejercitada.
- TEA 04317/2011 IVA. Deducciones regla de prorrata. Opción por la aplicación de la prorrata especial. Revocabilidad / Irrevocabilidad de la opción ejercitada.
- TEA 02716/2001 IVA. Sectores diferenciados de actividad. Regla de prorrata.
- 1292-00 1) Aplicación de la exención prevista en el artículo 20.Uno.27º de la Ley 37/1992 a las entregas de desperdicios de estaño, plomo y arena, sin someterlos a procesos de transformación…
- 1533-99 Sujeción de dicha operación. - Posibilidad de renunciar a la exención en dichas operaciones una por una. - Consideración de las cuotas soportadas por la adquirente como cuotas soportadas…