Artículo 27.12º de la Ley 37/1992
Importaciones de bienes cuya entrega en el interior estuviese exenta del impuesto · 16 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2011.
12.º Los bienes cuya expedición o transporte tenga como punto de llegada un lugar situado en otro Estado miembro, siempre que la entrega ulterior de dichos bienes efectuada por el importador o su representante fiscal estuviese exenta en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 de esta Ley.
La exención prevista en este número quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos que se establezcan reglamentariamente.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V0603-26 Se consulta si procede liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido en territorio de aplicación del Impuesto y obligaciones formales de la consultante. Aplicación del Régimen especial…
- V1691-24 Solicita información sobre si, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, es obligatorio incluir en la base imponible de las distintas importaciones…
- V2408-23 Tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de la operación descrita y forma en que debe declarar la consultante dicha operación.
- V2452-21 Tributación de la operativa descrita a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y obligaciones de declaración.
- V2376-19 Requisitos que deben concurrir para que la importación efectuada por el cliente de la consultante quede exenta en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 número 12º de la Ley 37/1992…
- V1739-19 Tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de la operación descrita, forma en que debe declarar la consultante dicha operación e implicaciones de dicha operación a efectos…
- V3248-16 Requisitos para la aplicación del régimen de diferimiento de las cuotas del impuesto liquidadas con ocasión de las operaciones de importación efectuadas por operadores no establecidos…
- V2397-11 Naturaleza de las operaciones. - Declaración.
- V2239-07 Obligación de identificación del sujeto que remite las mercancías.
- V0176-07 Naturaleza y liquidación de la entrada de las mercancías en España. Liquidación.
- V1786-06 Naturaleza de la operación de recepción de las mercancías en España. - Intrastat.
- V0012-04 Posibilidad de remisión de la embarcación a un Estado miembro distinto de aquel en que está establecido la consultante.Garantía.
- 0300-01 ¿Pueden acogerse estas importaciones a la exención previsto en el artículo 27.12 de la Ley 37/1992?
- 0377-01 Tributación por el Impuesto sobre el Valor Añadido de dichas operaciones. - Derechos de Importación que se deben soportar en cada caso.
- 1253-97 1.- Documentación que ha de utilizarse a efectos de la liquidación e ingreso del IVA a la importación, en el primer caso. 2.- Posibilidad de deducción de la empresa española que efectúa…
- 0607-97 Obligación de nombrar un Representante Fiscal, o que este pueda ser el Agente de Aduanas.- Procedimiento.- Exención del Impuesto.