Artículo 111.Uno de la Ley 37/1992
Deducciones de las cuotas soportadas o satisfechas con anterioridad al inicio de la realización de entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a actividades empresariales o profesionales · 30 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2001.
Uno. Quienes no viniesen desarrollando con anterioridad actividades empresariales o profesionales y adquieran la condición de empresario o profesional por efectuar adquisiciones o importaciones de bienes o servicios con la intención, confirmada por elementos objetivos, de destinarlos a la realización de actividades de tal naturaleza, podrán deducir las cuotas que, con ocasión de dichas operaciones, soporten o satisfagan antes del momento en que inicien la realización habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a dichas actividades, de acuerdo con lo dispuesto en este artículo y en los artículos 112 y 113 siguientes.
Lo dispuesto en el párrafo anterior será igualmente aplicable a quienes, teniendo ya la condición de empresario o profesional por venir realizando actividades de tal naturaleza, inicien una nueva actividad empresarial o profesional que constituya un sector diferenciado respecto de las actividades que venían desarrollando con anterioridad.
Consultas y resoluciones que lo citan
- TEA 03306/2023 IVA. Deducibilidad de las cuotas de IVA soportadas por la reclamante antes del inicio de la actividad económica a la que van a quedar afectas (promoción inmobiliaria).
- V2348-22 Deducción de las cuotas soportadas por el Impuesto sobre el Valor Añadido anteriores al inicio de la actividad.
- V0485-22 Si se pueden deducir y, en su caso, solicitar la devolución de las cuotas soportadas por el Impuesto sobre el Valor Añadido, anteriores al inicio de la actividad aunque aún no tenga…
- V2074-20 Tributación de la adquisición de la edificación por parte del consultante, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- TEA 00336/2016 Infracciones y sanciones tributarias. Motivación de las sanciones y presunción de inocencia.
- V1856-18 Posibilidad de deducir las cuotas soportadas por la adquisición de la vivienda con anterioridad al inicio de la realización habitual de una actividad empresarial o profesional.
- V0004-18 Impuesto o impuestos que gravan la referida transmisión e importe de los mismos.
- V3220-17 Sujeción de la operación de venta al Impuesto sobre el Valor Añadido o al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- V0066-17 Posibilidad de que la sociedad civil se deduzca la cuota del Impuesto sobre el Valor Añadido soportada en la adquisición de la parcela.
- V2493-16 Sujeción de la operación de venta al Impuesto sobre el Valor Añadido o al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- V1374-16 Posibilidad de deducir las cuotas soportadas por dichas obras con anterioridad al inicio de la realización habitual de una actividad empresarial o profesional, una vez iniciado…
- V1118-16 Posibilidad de deducir las cuotas soportadas en la adquisición de los citados equipos, una vez se reinicie la actividad.
- V0592-09 Si es deducible el IVA soportado en la compra del citado local y, consecuentemente, es posible solicitar la devolución que corresponda.
- V0588-09 Posibilidad de solicitar la devolución de las cuotas del Impuesto soportadas aunque no se haya podido vender el inmueble.
- V0369-09 Se consulta la deducibilidad de las cuotas soportadas en la adquisición de la nave industrial de referencia, y si este derecho a deducir esta condicionado al tiempo en que esté la nave…
- V1981-08 Si es deducible el IVA soportado en la compra del citado local y, cuáles son las obligaciones fiscales correspondientes a la actividad señalada.
- V1802-07 Deducibilidad del Impuesto soportado en las obras de reforma de la vivienda.
- V0729-07 Sujeción al Impuesto, y en su caso exención, de la transmisión del local. Renuncia a la exención. Deducibilidad de las cuotas soportadas en la adquisición del local comercial.
- V2451-06 Tributación de la operación.
- V1690-06 Deducibilidad del Impuesto soportado en la adquisición del inmueble.
- V0381-06 Sujeción del servicio prestado a los trabajadores y deducibilidad del Impuesto soportado por la contratación del referido servicio de transporte.
- V0779-05 Si es deducible el IVA soportado en los gastos de acondicionamiento del local.
- V0263-05 Si se puede deducir el IVA soportado en la adquisición del inmueble arrendado y si, en ese caso, se puede solicitar la devolución en la declaración anual de IVA del 2004.
- 1877-01 Posibilidad de deducir las cuotas soportadas por dichas obras con anterioridad al inicio de la realización habitual de una actividad empresarial o profesional, una vez iniciado…
- 1723-01 Posibilidad de deducir el Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por la adquisición del inmueble, con el Impuesto sobre el Valor Añadido que se repercutirá en el momento de su venta.
- 1894-98 Deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de dicho bien inmueble. -Obligación de presentar declaración previa al inicio de la actividad de arrendamientos de locales.
- 1791-98 Posibilidad de deducir las cuotas soportadas por la compra del terreno y construcción de la nave, sin esperar a su puesta en funcionamiento.
- V0025-98 Posibilidad de deducir las cuotas soportadas por la construcción del hostal sin esperar a su puesta en funcionamiento.
- 2096-97 Posibilidad de deducir las citada cuotas, a la vista de la modificación introducida en la redacción del artículo 111 por la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
- 0670-97 Posibilidad de deducir las citadas cuotas, a la vista de la modificación introducida en la redacción del artículo 111 por la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.