Artículo 59.2.12º del RD 1624/1992
Requisitos de aplicación · 10 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
Ver los 10 en el buscadorVer el artículo completo
Texto del apartado
Redacción vigente desde el 16 de diciembre de 2000.
2. En ningún caso será de aplicación este régimen especial en relación con los siguientes artículos o productos:
12.º Materiales y artículos para la construcción de edificaciones o urbanizaciones.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V0435-18 1. Aplicación del régimen especial del recargo de equivalencia a la comercialización de dichos aparatos de aire acondicionado o, en su caso, aplicación del régimen general del Impuesto…
- V1151-17 Aplicación del régimen especial del recargo de equivalencia a la comercialización de los componentes y repuestos de dichos aparatos de aire acondicionado o, en su caso, aplicación…
- V2387-16 Aplicación del régimen especial del recargo de equivalencia a la comercialización de dichos aparatos de aire acondicionado o, en su caso, aplicación del régimen general del Impuesto…
- V0334-14 Régimen aplicable a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0793-13 Aplicación del régimen especial del recargo de equivalencia a la comercialización de dichos aparatos de aire acondicionado o, en su caso, aplicación del régimen general del Impuesto…
- V0792-13 Aplicación del régimen especial del recargo de equivalencia a la comercialización de dichos aparatos de aire acondicionado o, en su caso, aplicación del régimen general del Impuesto…
- V2546-12 Régimen aplicable en el Impuesto sobre el Valor Añadido al conjunto de su actividad. - Deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de los aparatos de aire acondicionado…
- V2545-12 Aplicación del régimen especial del recargo de equivalencia .
- 0177-03 Aplicación del régimen especial del recargo de equivalencia.
- 0869-98 Concepto de material de construcción. - Aplicación del régimen especial del recargo de equivalencia.