Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 95.Uno de la Ley 37/1992

Limitaciones del derecho a deducir · 51 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 1 de enero de 1998.

Uno. Los empresarios o profesionales no podrán deducir las cuotas soportadas o satisfechas por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios que no se afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesional.

Consultas y resoluciones que lo citan