Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 95.Cuatro de la Ley 37/1992

Limitaciones del derecho a deducir · 13 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

Ver los 13 en el buscadorVer el artículo completo

Texto del apartado

Redacción vigente desde el 1 de enero de 1998.

Cuatro. Lo dispuesto en el apartado anterior será también de aplicación a las cuotas soportadas o satisfechas por la adquisición o importación de los siguientes bienes y servicios directamente relacionados con los bienes a que se refiere dicho apartado:

1.º Accesorios y piezas de recambio para los mencionados bienes.

2.º Combustibles, carburantes, lubrificantes y productos energéticos necesarios para su funcionamiento.

3.º Servicios de aparcamiento y utilización de vías de peaje.

4.º Rehabilitación, renovación y reparación de los mismos.

Consultas y resoluciones que lo citan