Artículo 91.Uno.4.1º de la Ley 37/1992
Tipos impositivos reducidos · 4 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
Ver los 4 en el buscadorVer el artículo completo
Texto del apartado
Redacción vigente desde el 8 de octubre de 2026.
El artículo tiene una redacción nueva que entra en vigor el 1 de diciembre de 2026. Verla en el artículo completo.
Uno. Se aplicará el tipo del 10 por ciento a las operaciones siguientes:
4. Las importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, cualquiera que sea el importador de los mismos, y las entregas de objetos de arte realizadas por las siguientes personas:
1.º Por sus autores o derechohabientes.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V3728-15 Exención de la prestación de servicios realizada por el consultante, conforme al artículo 20.Uno.26º Ley 27/1992.Deducibilidad de las cuotas del Impuesto soportadas en su actividad.…
- V3710-15 Exención de la prestación de servicios realizada por el consultante, conforme al artículo 20.Uno.26º Ley 27/1992.Deducibilidad de las cuotas del Impuesto soportadas en su actividad.…
- 1435-98 Tipo impositivo aplicable.
- 0137-97 Exención del Impuesto. Tipo impositivo aplicable.