Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 91.Uno.3.1º de la Ley 37/1992

Tipos impositivos reducidos · 601 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Uno. Se aplicará el tipo del 10 por ciento a las operaciones siguientes:

3. Las siguientes operaciones:

1.º Las ejecuciones de obras, con o sin aportación de materiales, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista que tengan por objeto la construcción o rehabilitación de edificaciones o partes de las mismas destinadas principalmente a viviendas, incluidos los locales, anejos, garajes, instalaciones y servicios complementarios en ellos situados.

Se considerarán destinadas principalmente a viviendas, las edificaciones en las que al menos el 50 por ciento de la superficie construida se destine a dicha utilización.

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