Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 105.Cuatro de la Ley 37/1992

Procedimiento de la prorrata general · 4 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 1 de enero de 2001.

Cuatro. En la última declaración-liquidación del impuesto correspondiente a cada año natural el sujeto pasivo calculará la prorrata de deducción definitiva en función de las operaciones realizadas en dicho año natural y practicará la consiguiente regularización de las deducciones provisionales.

Consultas y resoluciones que lo citan