Artículo 72 del RD 1624/1992: Recaudación del Impuesto. Normas generales
Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido · 2 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
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Texto del artículo
Redacción vigente desde el 1 de enero de 1993 · texto consolidado del BOE actualizado el 5 de noviembre de 2026.
El ingreso de las cuotas resultantes de las declaraciones-liquidaciones y la solicitud de las devoluciones a favor del sujeto pasivo se efectuarán en los impresos y en el lugar, forma y plazos que establezca el Ministro de Economía y Hacienda.