Artículo 67 del RD 1624/1992: Contenido de los documentos registrales
Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido · 6 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
Ver los 6 en el buscadorcon filtros por apartado, fechas, fuente y textoEste artículo en el BOE ↗
Texto del artículo
Redacción vigente desde el 1 de julio de 2017 · 2 redacciones desde su aprobación · texto consolidado del BOE actualizado el 5 de noviembre de 2026.
Los Libros Registros deberán permitir determinar con precisión en cada período de liquidación:
1. El importe total del Impuesto sobre el Valor Añadido que el sujeto pasivo haya repercutido a sus clientes.
2. El importe total del Impuesto soportado por el sujeto pasivo por sus adquisiciones o importaciones de bienes o por los servicios recibidos o, en su caso, por los autoconsumos que realice y la cuota tributaria deducible.
Téngase en cuenta que esta última actualización del apartado 2 por el art. 1.9 del Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-11575., entra en vigor el 1 de julio de 2017.
Redacción anterior:
"2. El importe total del Impuesto soportado por el sujeto pasivo por sus adquisiciones o importaciones de bienes o por los servicios recibidos o, en su caso, por los autoconsumos que realice."
3. Respecto a las operaciones reflejadas en el Libro Registro de determinadas operaciones intracomunitarias, la situación de los bienes a que se refieren las mismas, en tanto no tenga lugar el devengo de las entregas o adquisiciones intracomunitarias.
Notas del BOE sobre las modificaciones (1)
Se modifica, con efectos desde el 1 de julio de 2017, el apartado 2 por el art. 1.9 del Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-11575.
Consultas y resoluciones que lo citan
- 0006-22 La planteada en la descripción de los hechos.
- V0992-19 Si el esquema de facturación descrito se ajusta a la normativa vigente, y en particular, forma de información y anotación del mismo en los libros registros de las agencias mayorista…
- V0837-14 Devengo del Impuesto sobre el Valor Añadido. Expedición de facturas y liquidación del impuesto.
- V2543-06 Posibilidad de canjear los tiques previamente expedidos por facturas. - Registro de las facturas expedidas en sustitución de los tiques previamente expedidos.
- 0139-05 Forma de rectificar las facturas. Expedición de duplicados. Momento de expedición de las facturas. Expedición de facturas por operaciones no realizadas en el territorio de aplicación…
- 1443-00 Libros contables que han de llevarse en el régimen de estimación directa y en el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Libros contables que han…