Artículo 61.3 del RD 1624/1992
Obligaciones formales y registrales del régimen especial del recargo de equivalencia · 9 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2015.
3. Los sujetos pasivos a los que sea de aplicación este régimen especial deberán presentar también las declaraciones-liquidaciones que correspondan en los siguientes supuestos:
1.º Cuando realicen adquisiciones intracomunitarias de bienes, o bien sean los destinatarios de las operaciones a que se refiere el artículo 84, apartado uno, número 2.º, de la Ley del Impuesto.
En estos casos, ingresarán mediante las referidas declaraciones el Impuesto y, en su caso, el recargo que corresponda a los bienes o servicios a que se refieran las mencionadas operaciones.
2.º Cuando realicen entregas de bienes a viajeros con derecho a la devolución del Impuesto.
Mediante dichas declaraciones solicitarán la devolución de las cantidades que hubiesen reembolsado a los viajeros, acreditados con las correspondientes transferencias a los interesados o a las entidades colaboradoras que actúen en este procedimiento de devolución del Impuesto.
3.º Cuando realicen entregas de bienes inmuebles sujetas y no exentas al Impuesto, salvo que se trate de operaciones a que se refiere el artículo 84, apartado uno, número 2.º, letra e), tercer guión, de la Ley del Impuesto.
En estos casos, ingresarán mediante las correspondientes declaraciones el Impuesto devengado por las operaciones realizadas.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V2661-23 Si las facturas recibidas por gastos de comisiones y servicios de devolución cargados por la plataforma con sede en otro Estado miembro de la Unión deben declararse en el Modelo 309…
- V1059-21 Forma de liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al servicio recibido y, en su caso, deducción del Impuesto soportado. - Si efectuara otra actividad en régimen general…
- V0361-21 Forma de pago del recargo de equivalencia en la adquisición intracomunitaria realizada por el consultante.
- V0818-20 Forma de liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al servicio recibido y, en su caso, deducción del Impuesto soportado. - Si efectuara otra actividad en régimen general…
- TEA 00395/2015 IVA. Recargo de equivalencia. Devoluciones a exportadores en régimen de viajeros. Denegación de la solicitud de devolución por haber presentado la autoliquidación fuera de plazo.
- V1152-17 Aclaración a la contestación vinculante de este Centro directivo de 7 de septiembre de 2016, nº de consulta V3744-16.
- V3744-16 Cómo debería liquidarse el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1271-08 Declaraciones que debe presentar por dichas compras.
- 1244-98 Modelo de declaración-liquidación a emplear para solicitar la devolución de las cuotas devueltas a viajeros. -Forma de consignar dicha devolución en el impreso de declaración. -Donde…