Artículo 79.Ocho de la Ley 37/1992
Base imponible. Reglas especiales · 3 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 10 de abril de 2022.
Ocho. En las prestaciones de servicios realizadas por cuenta de tercero, cuando quien presta los servicios actúe en nombre propio, la base imponible de la operación realizada entre el comitente y el comisionista estará constituida por la contraprestación del servicio concertada por el comisionista menos el importe de la comisión.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V0828-26 Se plantea la tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones descritas.
- 0020-08 Determinación de la base imponible.
- 1435-03 Prestación de servicios en nombre propio.- Liquidación de las operaciones.- Sujeción según el domicilio de la agencia-cliente adquirente.- Naturaleza de las operaciones con los servicios…