Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 4.Uno de la Ley 37/1992

Hecho imponible · 1916 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 31 de octubre de 2012.

Uno. Estarán sujetas al impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el ámbito espacial del impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, incluso si se efectúan en favor de los propios socios, asociados, miembros o partícipes de las entidades que las realicen.

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