Artículo 11.Dos.9º de la Ley 37/1992
Concepto de prestación de servicios · 7 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2003.
Dos. En particular, se considerarán prestaciones de servicios:
9.º Los servicios de hostelería, restaurante o acampamento y las ventas de bebidas o alimentos para su consumo inmediato en el mismo lugar.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V2347-24 Tratamiento fiscal de esas invitaciones en el Impuesto sobre Sociedades y en el IVA
- V2826-21 Consideración de la operativa descrita como entrega de bienes o prestación de servicios a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y tipo impositivo aplicable.
- V1369-21 Aclaración de la contestación vinculante de 18 de marzo de 2021, consulta V0638-21.
- V0638-21 Consideración de la operativa descrita como entrega de bienes o prestación de servicios a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y tipo impositivo aplicable.
- V0071-17 Exención de la cuota mensual pagada por sus socios a dicha entidad, así como de la venta de bebidas con fines de mantenimiento de la asociación.
- 1642-03 Sujeción.- Exención.
- 0780-98 Tipo impositivo aplicable.