Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 83 del RD 1624/1992: Sujetos pasivos acogidos al régimen del recargo de equivalencia

Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido · 3 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.

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Texto del artículo

Redacción vigente desde el 1 de enero de 1993 · texto consolidado del BOE actualizado el 5 de noviembre de 2026.

Los sujetos pasivos acogidos al régimen especial del recargo de equivalencia no incurrirán en la infracción simple tipificada en el número 1. del apartado dos del artículo 170 de la Ley del Impuesto, cuando efectúen la comunicación a que se refiere el mencionado precepto mediante escrito presentado en la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal.

Notas del BOE sobre las modificaciones (1)

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 33, de 8 de febrero de 1993. Ref. BOE-A-1993-3300

Consultas y resoluciones que lo citan