Artículo 44 del RD 1624/1992: Concepto de explotación agrícola, forestal, ganadera o pesquera
Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido · 15 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
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Texto del artículo
Redacción vigente desde el 1 de enero de 1993 · texto consolidado del BOE actualizado el 5 de noviembre de 2026.
Se considerarán explotaciones agrícolas, forestales, ganaderas o pesqueras las que obtengan directamente productos naturales, vegetales o animales de sus cultivos, explotaciones o capturas y, en particular, las siguientes:
1. Las que realicen actividades agrícolas en general, incluyendo el cultivo de plantas ornamentales, aromáticas o medicinales, flores, champiñones, especias, simientes o plantones, cualquiera que sea el lugar de obtención de los productos, aunque se trate de invernaderos o viveros.
2. Las dedicadas a la silvicultura.
3. La ganadería, incluida la avicultura, apicultura, cunicultura, sericultura y la cría de especies cinegéticas, siempre que esté vinculada a la explotación del suelo.
4. Las explotaciones pesqueras en agua dulce.
5. Los criaderos de moluscos, crustáceos y las piscifactorías.
Doctrina por apartados
- 4 Las explotaciones pesqueras en agua dulce.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V3106-21 Tributación de ambas actividades en el Impuesto sobre el Valor Añadido. En concreto, conocer si alguna de las dos actividades debe tributar en el régimen simplificado y, en ese supuesto…
- V1870-20 Tributación en el IVA y en el IRPF de los servicios de polinización, tanto si se realizan como actividad accesoria de la apicultura como si devinieran como actividad principal.
- V1869-20 Tributación en el IVA y en el IRPF de la actividad.
- V2449-15 Tratamiento de dichas operaciones por el Impuesto sobre el Valor Añadido y si es aplicable la inversión del sujeto pasivo a tales construcciones.
- V0327-14 Aplicación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca a la actividad citada.
- V0199-14 Aplicación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
- V3480-13 1. Si, a efectos del Impuesto sobre Sociedades, la entidad consultante está total o parcialmente exenta; si las rentas percibidas deben estar sujetas a retención; si estaría exenta…
- V0325-13 Tipo impositivo aplicable a los servicios prestados.
- V2301-12 Tipo impositivo aplicable a los servicios citados.
- V0118-12 1ª Aplicación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA. 2ª En caso de que resulta aplicable el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA…
- V2143-11 Aplicación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca a la referida actividad y, en su caso, forma de percibir la compensación a tanto alzado.
- V2825-10 Sujeción. Régimen tributario aplicable.
- V2434-05 Si a la actividad de cultivo y enraizamiento (multiplicación según el texto de consulta) de esquejes y plantones le es aplicable el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. -…
- 0314-99 1) Régimen en el Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las ventas de abejas(enjambre), y colmenas con abejas, a otro apicultor con el que existe parentesco y ventasde miel…
- 0037-98 Persona física que se dedica a la pesca fluvial en el río Miño, vendiendo posteriormente las especies capturadas. Aplicación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.