Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 91.Dos.2.1º de la Ley 37/1992

Tipos impositivos reducidos · 11 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 8 de octubre de 2026.

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Dos. Se aplicará el tipo del 4 por ciento a las operaciones siguientes:

2. Las prestaciones de servicios siguientes:

1.º Los servicios de reparación de los vehículos y de las sillas de ruedas comprendidos en el párrafo primero del número 4.º del apartado dos.1 de este artículo y los servicios de adaptación de los autotaxis y autoturismos para personas con discapacidad y de los vehículos a motor a los que se refiere el párrafo segundo del mismo precepto, independientemente de quién sea el conductor de los mismos.

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