Artículo 69.Uno.2º de la Ley 37/1992
Lugar de realización de las prestaciones de servicios. Reglas generales · 21 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2015.
Uno. Las prestaciones de servicios se entenderán realizadas en el territorio de aplicación del Impuesto, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente de este artículo y en los artículos 70 y 72 de esta Ley, en los siguientes casos:
2.º Cuando el destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal, siempre que los servicios se presten por un empresario o profesional y la sede de su actividad económica o establecimiento permanente desde el que los preste o, en su defecto, el lugar de su domicilio o residencia habitual, se encuentre en el territorio de aplicación del Impuesto.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V0955-26 Calificación de las operaciones a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, obligación de la consultante de repercutir el mismo en algún momento del proceso. Epígrafe…
- V1018-25 Sujeción de los servicios descritos al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0996-25 Sujeción de la operación al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1095-24 Si la prestación de dichos servicios se encontraría sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- TEA 01802/2021 IVA. Localización de la prestación de servicios. Empresario radicado en territorio de aplicación del impuesto (TAI) gestiona un viaje y diversas actividades culturales en España…
- V0023-24 Si la prestación de servicios de acceso al programa de membresía se encontraría sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V3170-23 Sujeción de dichos servicios al Impuesto sobre el Valor Añadido. Devengo del Impuesto.
- TEA 01687/2023 IVA. Localización. Sujeto pasivo. Entidad irlandesa presta servicios a una entidad mercantil con sede en TAI que realiza una actividad sujeta y exenta (odontología) no estando dada de alta…
- V0202-22 Lugar de realización de los servicios prestados por el consultante y tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- TEA 04512/2018 IVA. Lugar de realización del hecho imponible.
- V0912-20 Lugar de realización de dichos servicios en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido
- V0809-20 Forma de recuperar la diferencia con la cuota del 6,5 por ciento que resultaría aplicable a los servicios de asistencia jurídica en el Impuesto General Indirecto Canario.
- V2424-17 Exención de la operación del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1451-17 Exención de los servicios de creación de software prestados a una Organización internacional con sede en otro Estado miembro distinto de España. Efecto vinculante del certificado…
- V0436-17 Exención de los servicios de consultoría prestados a organismos internacionales con sede en un Estado miembro distinto de España. Efecto vinculante del certificado de exención emitido…
- V2744-15 Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados.
- V1373-15 1º.- Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido en el territorio de aplicación del Impuesto de los servicios de arrendamiento de embarcaciones de recreo a largo plazo, puestas…
- V0057-15 Lugar de realización de los mencionados servicios a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0951-13 1º Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido en el territorio de aplicación del Impuesto de los servicios de arrendamiento de embarcaciones de recreo a largo plazo a consumidores finales…
- V2633-11 1º Tributación de las operaciones descritas a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. 2º Tributación y calificación de la actividad en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
- V1255-10 Tributación de las operaciones descritas a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.