Artículo 68.Dos.1º.B) de la Ley 37/1992
Lugar de realización de las entregas de bienes · 3 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2023.
Dos. También se entenderán realizadas en el territorio de aplicación del Impuesto:
1.º A) Las entregas de bienes muebles corporales que deban ser objeto de expedición o transporte con destino al adquirente, distintas de las señaladas en los apartados tres y cuatro siguientes, cuando la expedición o transporte se inicien en el referido territorio.
B) A los efectos de lo dispuesto en el primer párrafo de la letra A) anterior, tratándose de bienes objeto de entregas sucesivas, enviados o transportados con destino a otro Estado miembro directamente desde el primer proveedor al adquirente final de la cadena, la expedición o transporte se entenderá vinculada únicamente a la entrega de bienes efectuada a favor del intermediario.
No obstante, la expedición o el transporte se entenderá vinculada únicamente a la entrega efectuada por el intermediario cuando hubiera comunicado a su proveedor un número de identificación fiscal a efectos del impuesto sobre el valor añadido suministrado por el Reino de España.
A los efectos de los dos párrafos anteriores, se entenderá por intermediario un empresario o profesional distinto del primer proveedor, que expida o transporte los bienes directamente, o por un tercero en su nombre y por su cuenta.
Lo anterior no será de aplicación a los supuestos previstos en el artículo 8 bis de esta Ley.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V1780-25 Tributación de la operación descrita en el Impuesto sobre el Valor Añadido y obligaciones formales derivadas de la misma para la sociedad española consultante.
- V3178-23 Tributación de la venta entre A y B a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y si la misma debe declararse en la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo…
- V1068-22 Si la entrega efectuada por la sociedad británica a la consultante está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, sujeto pasivo de dicha entrega.