Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 55 de la Ley 37/1992: Importaciones de materiales para el acondicionamiento y protección de mercancías

Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido · 1 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.

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Texto del artículo

Redacción vigente desde el 1 de enero de 1993 · texto consolidado del BOE actualizado el 7 de octubre de 2026.

Estarán exentas del impuesto las importaciones de los materiales utilizados para el acondicionamiento o protección, incluso térmica, de mercancías durante su transporte, siempre que con respecto de dichos materiales se cumplan los siguientes requisitos:

a) Que no sean normalmente susceptibles de reutilización.

b) Que su contraprestación esté incluida en la base imponible del impuesto en la importación de las mercancías a que se refieran.

Consultas y resoluciones que lo citan