Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 31.Uno de la Ley 37/1992

Importaciones de bienes personales por razón de matrimonio · 4 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 1 de enero de 2002.

Uno. Estarán exentas las importaciones de los bienes integrantes del ajuar y los objetos de mobiliario, incluso nuevos, pertenecientes a personas que, con ocasión de su matrimonio, trasladen su residencia habitual desde terceros países al territorio de aplicación del impuesto.

Consultas y resoluciones que lo citan