Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Artículo 25.Dos de la Ley 37/1992

Exenciones en las entregas de bienes destinados a otro Estado miembro · 5 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.

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Texto del apartado

Redacción vigente desde el 1 de marzo de 2020.

Dos. Las entregas de medios de transportes nuevos, efectuadas en las condiciones indicadas en el apartado uno, cuando los adquirentes en destino sean las personas comprendidas en el penúltimo párrafo del apartado precedente o cualquiera otra persona que no tenga la condición de empresario o profesional.

Consultas y resoluciones que lo citan