Artículo 140 quinquies de la Ley 37/1992: Sujeto pasivo
Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido · 6 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
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Texto del artículo
Redacción vigente desde el 1 de enero de 2000 · texto consolidado del BOE actualizado el 7 de octubre de 2026.
Será sujeto pasivo del impuesto correspondiente a las entregas de oro de inversión que resulten gravadas por haberse efectuado la renuncia a la exención a que se refiere el artículo 140 ter, el empresario o profesional para quien se efectúe la operación gravada.
Notas del BOE sobre las modificaciones (1)
Se añade por el art. 6.14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-1999-24786.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V0524-19 Si la adquisición de oro de inversión está sujeta y exenta del Impuesto y en su caso, si se puede renunciar a la exención.
- V0848-15 Tributación de los ingresos obtenidos por la consultante.
- 1757-04 Aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo.Determinación de la base imponible de las entregas de artículos de joyería confeccionados con el oro aportado por los clientes…
- 0734-03 Aplicación del régimen especial del oro de inversión a las entregas de dichos productos.- Obligaciones formales y registrales para la entidad consultante en caso de aplicar la exención…
- 1249-02 Tributación en el IVA por ambas operaciones.
- 1224-02 Tributación en el IVA por ambas operaciones.