Artículo 135.Uno de la Ley 37/1992
Régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección · 8 consultas y resoluciones citan este apartado en su normativa.
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Texto del apartado
Redacción vigente desde el 26 de enero de 2014.
Uno. Los sujetos pasivos revendedores de bienes usados o de bienes muebles que tengan la consideración de objetos de arte, antigüedades u objetos de colección aplicarán el régimen especial regulado en este Capítulo a las siguientes entregas de bienes:
1.º Entregas de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección adquiridos por el revendedor a:
a) Una persona que no tenga la condición de empresario o profesional.
b) Un empresario o profesional que se beneficie del régimen de franquicia del Impuesto en el Estado miembro de inicio de la expedición o transporte del bien, siempre que dicho bien tuviera para el referido empresario o profesional la consideración de bien de inversión.
c) Un empresario o profesional en virtud de una entrega exenta del Impuesto, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 20, apartado uno, números 24º o 25º de esta Ley.
d) Otro sujeto pasivo revendedor que haya aplicado a su entrega el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
2.º Entregas de objetos de arte, antigüedades u objetos de colección que hayan sido importados por el propio sujeto pasivo revendedor.
3.º Entregas de objetos de arte adquiridos a empresarios o profesionales en virtud de las operaciones a las que haya sido de aplicación el tipo impositivo reducido establecido en el artículo 91, apartado uno, números 4 y 5, de esta Ley.
Consultas y resoluciones que lo citan
- V2262-25 Tributación en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido de las entregas de bienes de segunda mano.
- V3005-23 Si el régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección sería aplicable al consultante en relación a la reventa de las monedas de plata citadas.
- V1681-21 Posibilidad de aplicar el régimen especial de bienes usados del Impuesto sobre el Valor Añadido a las compras que se realizan a particulares. En caso afirmativo, posibilidad de darse…
- V0400-20 Base imponible de la operación de venta del vehículo usado por parte de la consultante.
- TEA 05930/2015 IVA. Régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección. Tributación de adquisiciones intracomunitarias de bienes (obras de arte) realizadas…
- V0344-14 Aplicación del régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección a las entregas de vehículos efectuadas por el consultante.
- V0343-14 Aplicación del régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección a la entrega del vehículo usado objeto de consulta, efectuada por el concesionario…
- 0690-97 Aplicación del régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección a las entregas de los vehículos adquiridos a concesionarios. - Deducción…