Consulta vinculante V0462-05
Dirección General de Tributos · SG de Impuestos sobre el Consumo · 21 de marzo de 2005
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Normativa
- Ley 37/1992 · art. 91.Uno.1.7º Tipos impositivos reducidos
Normativa según la fuente: Ley 37/1992 art. 91- Uno-1-7º
Descripción de hechos
Obras de mejora realizadas por una promotora en una vivienda antes de su entrega al adquirente consultante.
Cuestión planteada
Tipo aplicable a las obras de reforma y mejoras de calidades.
Contestación
1. El artículo 90, apartado Uno, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (Boletín Oficial del Estado del 29), preceptúa que el Impuesto se exigirá al tipo del 16 por ciento, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 91, apartado Uno.1, número 7º de la Ley 37/1992, se aplicará el tipo impositivo del 7 por ciento a las entregas de los edificios o parte de los mismos aptos para su utilización como viviendas.
La operación objeto de consulta consistente en reformas y mejoras de calidades a realizar por el promotor en una vivienda pendiente de entregar a su adquirente sobre las condiciones inicialmente pactadas, por lo tanto, se deberá considerar como un mayor importe del precio de venta de la vivienda acordado en el contrato inicial de compraventa y ello con independencia de que el promotor facture de forma separada dichas obras.
Siendo esto así, tributará por el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo del 7 por ciento la operación objeto de consulta consistente en la realización de obras de reforma y mejora de calidades efectuadas por el promotor en una vivienda en fase de construcción, siempre que la misma no haya sido todavía puesta a disposición del consultante adquirente.
2. - Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Citada después por
- V3308-23 Tipo Impositivo aplicable al mobiliario de cocina y electrodomésticos a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido
Fuente: Dirección General de Tributos, consulta V0462-05. Texto en la fuente oficial ↗