Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Consulta vinculante V0389-16

Dirección General de Tributos · SG de Impuestos sobre el Consumo · 1 de febrero de 2016

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Normativa

Normativa según la fuente: Ley 37/1992 art. 91-Uno-1-6º

Descripción de hechos

La consultante comercializa unos aparatos denominados Happy legs y Manos sanas destinados a la reducción de lesiones o malformaciones internas. Asimismo está indicado para mejorar la circulación de las personas diabéticas.

Cuestión planteada

Tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Contestación

Esta consulta ya ha sido formulada y contestada por este centro directivo con fecha 16/07/2015 y numero de consulta V2205-15. Tratándose del mismo producto y sin existir variaciones sobre la consulta inicial, no procede su modificación.

Respecto de la puntualización sobre la inclusión del citado aparato, en la categoría del anexo octavo: “Dispositivos de punción, dispositivos de lectura automática del nivel de glucosa, dispositivos de administración de insulina y demás aparatos para el autocontrol y tratamiento de la diabetes” a que hace referencia el número 6.º letra c) del apartado Uno.1 del artículo 91 de la Ley 37/1992, y que señala que se aplicará el tipo del 10 por ciento a las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los bienes que se indican a continuación:

“c) Los equipos médicos, aparatos y demás instrumental, relacionados en el apartado octavo del anexo de esta Ley, que por sus características objetivas, estén diseñados para aliviar o tratar deficiencias, para uso personal y exclusivo de personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, sin perjuicio de lo previsto en el apartado dos.1 de este artículo.”, este Centro directivo le informa que los aparatos denominados Happy legs y Manos sanas no se consideran incluidos en la misma, aunque su uso continuado contribuya a la mejoría de los pacientes.

En base a lo anterior se informa que tributarán al tipo impositivo general del 21 por ciento las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los aparatos denominados Happy legs y Manos sanas, objeto de consulta.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Consultas que cita

Fuente: Dirección General de Tributos, consulta V0389-16. Texto en la fuente oficial ↗