Doctrina IVADirección General de Tributos
y tribunales económico-administrativos

Disposición transitoria 3.ª del RD 1624/1992: Límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca para el ejercicio 2017

Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.

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Texto del artículo

Redacción vigente desde el 1 de enero de 2017 · texto consolidado del BOE actualizado el 5 de noviembre de 2026.

Para el ejercicio 2017, la magnitud de 150.000 euros a que se refieren la letra b), párrafo a`) y la letra f) del apartado 1 del artículo 36 así como las letras b) y c) del apartado 2 del artículo 43, queda fijada en 250.000 euros.

Téngase en cuenta que esta última actualización añadiendo la presente disposición por el art. 1.16 del Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-11575., entra en vigor el 1 de enero de 2017.

Notas del BOE sobre las modificaciones (1)

Se añade, con efectos desde el 1 de enero de 2017, por el art. 1.16 del Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-11575.

Doctrina

Ninguna consulta ni resolución de la base lo cita en su campo Normativa.