Artículo 7 del RD 1619/2012: Contenido de las facturas simplificadas
Reglamento de facturación · 73 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
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Texto del artículo
Redacción vigente desde el 7 de diciembre de 2023 · 3 redacciones desde su aprobación · texto consolidado del BOE actualizado el 31 de marzo de 2026.
1. Sin perjuicio de los datos o requisitos que puedan resultar obligatorios a otros efectos y de la posibilidad de incluir cualesquiera otras menciones, las facturas simplificadas y sus copias contendrán los siguientes datos o requisitos:
a) Número y, en su caso, serie. La numeración de las facturas simplificadas dentro de cada serie será correlativa.
Se podrán expedir facturas simplificadas mediante series separadas cuando existan razones que lo justifiquen y, entre otros, en los siguientes casos:
1.º Cuando el obligado a su expedición cuente con varios establecimientos desde los que efectúe sus operaciones.
2.º Cuando el obligado a su expedición realice operaciones de distinta naturaleza.
3.º Las expedidas por los destinatarios de las operaciones o por terceros a que se refiere el artículo 5, para cada uno de los cuales deberá existir una serie distinta.
4.º Las rectificativas.
Cuando el empresario o profesional expida facturas conforme a este artículo y al artículo 6 para la documentación de las operaciones efectuadas en un mismo año natural, será obligatoria la expedición mediante series separadas de unas y otras.
b) La fecha de su expedición.
c) La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la que, en su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de una fecha distinta a la de expedición de la factura.
d) Número de Identificación Fiscal, así como el nombre y apellidos, razón o denominación social completa del obligado a su expedición.
e) La identificación del tipo de bienes entregados o de servicios prestados.
f) Tipo impositivo aplicado y, opcionalmente, también la expresión «IVA incluido».
Asimismo, cuando una misma factura comprenda operaciones sujetas a diferentes tipos impositivos del Impuesto sobre el Valor Añadido deberá especificarse por separado, además, la parte de base imponible correspondiente a cada una de las operaciones.
g) Contraprestación total.
h) En caso de facturas rectificativas, la referencia expresa e inequívoca de la factura rectificada y de las especificaciones que se modifican.
i) En los supuestos a que se refieren las letras j) a p) del artículo 6.1 de este Reglamento, deberá hacerse constar las menciones referidas en las mismas.
2. A efectos de lo dispuesto en el artículo 97.Uno de la Ley del Impuesto, cuando el destinatario de la operación sea un empresario o profesional y así lo exija, el expedidor de la factura simplificada deberá hacer constar, además, los siguientes datos:
a) Número de Identificación Fiscal atribuido por la Administración tributaria española o, en su caso, por la de otro Estado miembro de la Unión Europea, así como el domicilio del destinatario de las operaciones.
b) La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado.
3. También deberán hacerse constar los datos referidos en el apartado anterior, cuando el destinatario de la operación no sea un empresario o profesional y así lo exija para el ejercicio de cualquier derecho de naturaleza tributaria.
4. Cuando el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria aprecie que las prácticas comerciales o administrativas del sector de actividad de que se trate, o bien las condiciones técnicas de expedición de las facturas simplificadas, recomienden la consignación de mayores o menores menciones de las señaladas en los apartados anteriores, podrá:
a) Exigir la inclusión de menciones adicionales a las señaladas en los apartados anteriores, sin que, en ningún caso, pueda exigirse más información que aquélla a la que hace referencia el artículo 6.
b) Autorizar la expedición de facturas simplificadas que no incluyan las menciones señaladas en los apartados 1, letras a), c), f), g) e i), y 2 anteriores, siempre que, en los casos de omisión de las menciones a que se refieren las letras f) o g) del apartado 1 mencionadas, se haga constar la cuota tributaria o los datos que permitan calcularla.
Los acuerdos a que se refiere este apartado deberán ser objeto de la debida publicidad por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
5. En el caso de facturas simplificadas expedidas utilizando los sistemas informáticos a que se refiere el artículo 7 del Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, deberá incluirse, además, lo contenido en el apartado 5 del artículo 6 de este Reglamento.
Notas del BOE sobre las modificaciones (2)
Se añade el apartado 5 por la disposición final 1.2 del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-24840#df
Se modifica el apartado 1.i) por el art. 4.3 del Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre. Ref. BOE-A-2013-11216.
Doctrina por apartados
- 1 Sin perjuicio de los datos o requisitos que puedan resultar obligatorios a otros efectos y de la posibilidad de incluir
- a) Número y, en su caso, serie. La numeración de las facturas simplificadas dentro de cada serie será correlativa.
- 2 A efectos de lo dispuesto en el artículo 97.Uno de la Ley del Impuesto, cuando el destinatario de la operación sea un em
Consultas y resoluciones que lo citan
- V5168-26 Si la consultante debe emitir factura por los servicios prestados, y si, en tal caso, puede emitir factura simplificada y si debe incluir su domicilio que coincide con su domicilio…
- V1454-26 Si es preceptivo cumplimentar el Número de identificación fiscal de todos los clientes en las facturas que expida, y en el caso de que algún cliente principalmente extranjero se niegue…
- V0331-26 Si un empresario que realiza una actividad de hostelería y otra actividad de venta de tabaco, facturando ambas a través del mismo sistema informático de facturación de acuerdo con el Real…
- V0801-25 Si la compañía aérea puede retrasar la expedición de la factura hasta que se haya efectuado el último trayecto incluido en la reserva.
- V2611-24 Si es correcta la expedición de una nueva factura por el proveedor al consultante en la que se corrige exclusivamente el error cometido en la fecha sin alterar el resto de los elementos…
- V2305-24 Datos que deben incluirse en las facturas y libros registros respecto de los apellidos de una clienta británica que dice que ha adoptado el de su cónyuge.
- V2282-24 Si la sociedad prestadora de servicios de abogacía puede proceder a la repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido habiendo transcurrido el plazo de un año desde el devengo del Impuesto…
- V2281-24 Si la prestadora de servicios de procuración puede proceder a la repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido habiendo transcurrido el plazo de un año desde el devengo del Impuesto…
- V2280-24 Si la sociedad prestadora de servicios de abogacía puede proceder a la repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido habiendo transcurrido el plazo de un año desde el devengo del Impuesto…
- V2122-24 Conocer si, de conformidad con lo señalado en el Reglamento de Facturación, puede emitir factura recapitulativa en el mes posterior al del devengo de la operaciones.
- V0305-24 a) cuál debe ser la fecha de emisión de las dos facturas expedidas para subsanar el error y en qué fecha se deben registrar en el libro registro de facturas expedidas. b) si debe…
- V0143-24 Si las facturas emitidas por el consultante cumplen los requisitos establecidos en el artículo 5 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación aprobado por el Real…
- V2926-23 Si la entrega de los fondos consultados determina el devengo del Impuesto sobre el Valor Añadido y la obligación de expedir factura, o un documento denominado factura.
- V1983-23 Tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a los servicios objeto de consulta. Requisitos de las facturas emitidas por los servicios objeto de consulta.
- V1636-23 1.- Domicilio que se debe hacer constar en las facturas recibidas a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. 2.- Si las facturas simplificadas son válidas para la deducción del Impuesto…
- V1884-22 Procedencia del sistema de facturación sugerido por la consultante.
- V1812-22 La planteada en la descripción de los hechos.
- TEA 09790/2019 Obligación de expedir factura. Factura Rectificativa. Destinatario de las operaciones.
- V1002-22 Obligación del prestador de los servicios descritos de emitir una nueva factura a cada uno de los herederos destinatarios de los mismos.
- V0654-22 Posibilidad de ejercer el derecho a la deducción correspondiente a las facturas consultadas.
- V2894-21 Cuestiona la sujeción de la prestación del servicio anterior al Impuesto sobre el Valor Añadido o al Impuesto General Indirecto Canario y el contenido a incluir en la factura emitida.
- V2248-21 Si el devengo del impuesto sobre el valor añadido en las operaciones objeto de consulta se producirá de conformidad con lo previsto en el artículo 75.Uno.7º de la Ley 37/1992 y en tal caso…
- V1889-21 Obligación de expedir siempre factura incluyendo los datos del cliente o posibilidad de omitirlos cuando sean trabajos para particulares por un importe inferior a 400 euros.
- V2789-20 Si en la factura a emitir por la operación consultada es necesario indicar alguna mención relativa a la exención prevista en el artículo 21 de la Ley 37/1992.
- V2786-20 Si es posible respecto de las entregas consultadas la expedición de facturas simplificadas y si las mismas pueden ser objeto de registro en el libro registro de facturas expedidas mediante…
- V2659-20 La consultante desea conocer los requisitos para la devolución de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido de los turistas viajeros no residentes en la Unión Europea, así…
- V1673-20 Determinación del destinatario de las operaciones al que se debe expedir la correspondiente factura de conformidad con la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0064-20 Si la consultante puede emitir en formato electrónico los canjes de facturas de los proveedores a sus clientes, aun cuando estos proveedores hayan emitido las facturas simplificadas…
- V3220-19 Posibilidad de expedir y enviar una factura en sustitución de la factura simplificada, a petición del destinatario y para hacer constar los datos establecidos en el apartado 2 del artículo…
- V2815-19 Si las cuotas soportadas del Impuesto sobre el Valor Añadido derivadas de dichas obras eran deducibles en el cuarto trimestre de 2017. Contenido obligatorio de las facturas.
- V1302-19 La consultante está acogida al Suministro Inmediato de Información a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y se plantea si debe consignar en las facturas emitidas el Número…
- V0758-19 Si la consultante puede deducir el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente a las compras efectuadas a proveedores que han emitido facturas a la sucursal suiza.
- V0649-19 Tipo de factura que debe expedir la consultante.
- V0274-19 Si debe entenderse incluida en el precio pactado la cuota del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente. En su caso, si sería deducible la cuota del Impuesto soportada…
- V0235-19 Momento en el que nació la obligación del proveedor de expedir factura y si tiene derecho a repercutir el impuesto durante el ejercicio 2016 respecto de un servicio prestado en 2012. Tipo…
- V2745-18 Validez como factura de las entradas electrónicas de eventos junto con los recibos bancarios que acreditan haber realizado el pago a efectos de su deducción en el Impuesto sobre el Valor…
- V2458-18 Si la actividad de venta en línea debe considerarse como ventas a distancia a los efectos del impuesto y si por las operaciones de venta debe expedir una factura normal o simplificada.
- V2423-18 Se solicita aclaración de si es suficiente con la expedición en el momento de la reserva por parte de la aerolínea de una factura simplificada. Asimismo, se solicita aclaración de si es…
- V1407-18 La planteada en la descripción de los hechos.
- V1354-18 Estando la consultante obligada a la llevanza de los libros registros a través del Suministro Inmediato de información (SII), cuestiona sobre la obligación de expedición de factura…
- V1155-18 Requisito de las facturas. Desglose del IVA separado en factura.
- V1125-18 Obligatoriedad de emitir factura por los servicios prestados y posibilidad de emitir factura simplificada. Asimismo la consultante pregunta sobre la obligatoriedad de anotar las operaciones…
- V1123-18 Posibilidad de agrupar las facturas emitidas en un asiento resumen mensual.
- V1004-18 Si la consultante está obligada a la llevanza de los libros registros a través del Suministro Inmediato de información.
- V0935-18 Si es posible la presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Añadido con periodicidad trimestral, y si es necesario comunicar, en su caso, la baja en la opción mensual.
- V0869-18 Obligaciones y fecha de entrada en vigor del sistema de Suministro Inmediato de Información (SII).
- V0586-18 Exención de los servicios prestados en el Impuesto sobre el Valor Añadido. Facturación de las operaciones.
- V0560-18 Obligatoriedad de inclusión de todas las facturas en el libro registro de facturas expedidas y en el de recibidas a través del Suministro Inmediato de Información.
- V0140-18 Posibilidad de realizar un único registro mensual.
- V0139-18 Obligatoriedad de presentar las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Añadido con periodicidad mensual. Obligatoriedad de llevar los libros registros mediante el Suministro Inmediato…
- V3176-17 Si la consultante tiene obligación de cumplir con el suministro inmediato de información.
- V2914-17 1. Si el modelo planteado es conforme a la normativa española reguladora del régimen de viajeros. 2. Requisitos que deben concurrir para la deducibilidad de las cuotas soportadas…
- V2870-17 Obligación de incluir en las facturas emitidas el Impuesto sobre el Valor Añadido y la retención a efectos del IRPF.
- V2748-17 Plazo para emitir facturas.
- V2628-17 Qué se entiende por fecha en la que se produce el registro contable de la factura de acuerdo con el artículo 69 bis 1.b) del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. Y si puede ser…
- V2622-17 Requisitos de las facturas (NIF). Lugar de realización.Tipo de gravamen
- V2409-17 Tipo Impositivo aplicable y necesidad de incluir en factura los citados servicios.
- V2235-17 Obligatoriedad de inclusión de todas las facturas en el libro registro de facturas recibidas a través del Suministro Inmediato de Información.
- V1611-17 Si un albarán digitalizado puede ser considerado como prueba válida a efectos fiscales de las operaciones sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V1588-17 1. Si la consultante tiene obligación de llevar libros registros de facturas recibidas y de cumplir con la obligación de suministro inmediato de información. 2. La consultante emite…
- V0565-17 Obligación de solicitar un Número de Identificación Fiscal o equivalente a dichas empresas y organizaciones internacionales extranjeras, a efectos de incluirlo en la factura que les emita…
- V0103-17 Plazo para la expedición de una factura completa.
- V2452-16 ¿Es necesario darse de alta en otro epígrafe y facturarse a sí mismo estas obras? ¿Cómo debe contabilizar estos gastos? ¿Qué tratamiento recibe el IVA?
- V3214-15 Contenido mínimo de las facturas simplificadas recibidas para su deducción por el sujeto pasivo y para su comprobación en línea por pare de la Administración tributaria.
- V3058-15 Lugar de realización. Facturación. Modelos 347 y 349
- V1429-15 Obligaciones tributarias en IVA.
- V3077-14 Tipo impositivo aplicable a las operaciones descritas. Facturación de las citadas operaciones cuando son inferiores a 400 euros.
- V2469-14 Sujeción al Impuesto de las citadas operaciones y obligación de facturación.
- V1906-14 Tratamiento de dicha actividad a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido así como de su facturación, y otras cuestiones que se citan en el cuerpo de la presente contestación
- V1602-14 Tipo impositivo aplicable a las facturas emitidas. Si hay límite para facturar por pagos al contado.
- V2202-13 Aplicación del IVA a los servicios descritos. Obligación de emitir factura por cada operación realizada. Posibilidad de emitir facturas simplificadas al no superar cada operación los 400…
- V0625-13 Deducción de las cuotas soportadas en el ejercicio de la actividad. Clasificación de la actividad en el Impuesto sobre Actividades económicas.
- V0098-13 Contenido de la factura a emitir por la entidad consultante por la prestación del servicio de gestión de cobro de recibos.