Artículo 4 del RD 1619/2012: Facturas simplificadas
Reglamento de facturación · 52 consultas y resoluciones lo citan en su normativa.
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Texto del artículo
Redacción vigente desde el 1 de julio de 2021 · 2 redacciones desde su aprobación · texto consolidado del BOE actualizado el 31 de marzo de 2026.
1. La obligación de expedir factura podrá ser cumplida mediante la expedición de factura simplificada y copia de esta en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Cuando su importe no exceda de 400 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido, o
b) cuando deba expedirse una factura rectificativa.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, los empresarios o profesionales podrán igualmente expedir factura simplificada y copia de ésta cuando su importe no exceda de 3.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido, en las operaciones que se describen a continuación:
a) Ventas al por menor, incluso las realizadas por fabricantes o elaboradores de los productos entregados.
A estos efectos, tendrán la consideración de ventas al por menor las entregas de bienes muebles corporales o semovientes en las que el destinatario de la operación no actúe como empresario o profesional, sino como consumidor final de aquellos. No se reputarán ventas al por menor las que tengan por objeto bienes que, por sus características objetivas, envasado, presentación o estado de conservación, sean principalmente de utilización empresarial o profesional.
b) Ventas o servicios en ambulancia.
c) Ventas o servicios a domicilio del consumidor.
d) Transportes de personas y sus equipajes.
e) Servicios de hostelería y restauración prestados por restaurantes, bares, cafeterías, horchaterías, chocolaterías y establecimientos similares, así como el suministro de bebidas o comidas para consumir en el acto.
f) Servicios prestados por salas de baile y discotecas.
g) Servicios telefónicos prestados mediante la utilización de cabinas telefónicas de uso público, así como mediante tarjetas que no permitan la identificación del portador.
h) Servicios de peluquería y los prestados por institutos de belleza.
i) Utilización de instalaciones deportivas.
j) Revelado de fotografías y servicios prestados por estudios fotográficos.
k) Aparcamiento y estacionamiento de vehículos.
l) Alquiler de películas.
m) Servicios de tintorería y lavandería.
n) Utilización de autopistas de peaje.
3. El Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar la expedición de facturas simplificadas, en supuestos distintos de los señalados en los apartados anteriores, cuando las prácticas comerciales o administrativas del sector de actividad de que se trate, o bien las condiciones técnicas de expedición de las facturas, dificulten particularmente la inclusión en las mismas de la totalidad de los datos o requisitos previstos en el artículo 6.
4. No podrá expedirse factura simplificada por las siguientes operaciones:
a) Las entregas de bienes destinados a otro Estado miembro a que se refiere el artículo 25 de la Ley del Impuesto.
b) Las entregas de bienes a que se refiere el artículo 68.Tres.a) de la Ley del Impuesto, salvo cuando les resulte aplicable el régimen especial al que se refiere la sección 3.ª del capítulo XI del título IX de dicha ley.
c) Las entregas de bienes o las prestaciones de servicios que se entiendan realizadas en el territorio de aplicación del Impuesto, cuando el proveedor del bien o prestador del servicio no se encuentre establecido en el citado territorio, el sujeto pasivo del Impuesto sea el destinatario para quien se realice la operación sujeta al mismo y la factura sea expedida por este último con arreglo a lo establecido en el artículo 5 de este Reglamento.
d) Las entregas de bienes o prestaciones de servicios a que se refiere el artículo 2.3.b) b').
Notas del BOE sobre las modificaciones (1)
Se modifican las letras b) y d) del apartado 4 por el art. 2.2 del Real Decreto 424/2021, de 15 de junio. Ref. BOE-A-2021-10026#as
Doctrina por apartados
- 1 La obligación de expedir factura podrá ser cumplida mediante la expedición de factura simplificada y copia de esta en cu
- 3 El Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar la expedición d
Consultas y resoluciones que lo citan
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- TEA 01535/2018 Facturación. Real Decreto 1619/2012, art.4.3, solicitud para la emisión de facturas simplificadas en supuestos distintos a los previstos expresamente por la norma.
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- V2789-20 Si en la factura a emitir por la operación consultada es necesario indicar alguna mención relativa a la exención prevista en el artículo 21 de la Ley 37/1992.
- V2786-20 Si es posible respecto de las entregas consultadas la expedición de facturas simplificadas y si las mismas pueden ser objeto de registro en el libro registro de facturas expedidas mediante…
- V2659-20 La consultante desea conocer los requisitos para la devolución de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido de los turistas viajeros no residentes en la Unión Europea, así…
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- V1302-19 La consultante está acogida al Suministro Inmediato de Información a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y se plantea si debe consignar en las facturas emitidas el Número…
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- V0917-19 Si existe obligación de facturación por el servicio de asignación e imputación del gasto de análisis financiero prestados por las sociedades gestoras a los fondos de inversión.
- V0649-19 Tipo de factura que debe expedir la consultante.
- V2423-18 Se solicita aclaración de si es suficiente con la expedición en el momento de la reserva por parte de la aerolínea de una factura simplificada. Asimismo, se solicita aclaración de si es…
- V1354-18 Estando la consultante obligada a la llevanza de los libros registros a través del Suministro Inmediato de información (SII), cuestiona sobre la obligación de expedición de factura…
- V1155-18 Requisito de las facturas. Desglose del IVA separado en factura.
- V1125-18 Obligatoriedad de emitir factura por los servicios prestados y posibilidad de emitir factura simplificada. Asimismo la consultante pregunta sobre la obligatoriedad de anotar las operaciones…
- V2914-17 1. Si el modelo planteado es conforme a la normativa española reguladora del régimen de viajeros. 2. Requisitos que deben concurrir para la deducibilidad de las cuotas soportadas…
- V2627-17 1. Obligación de facturación de los servicios financieros que prestan y que, a tenor, del artículo 20.Uno.18º de la Ley 37/1992, están exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido. 2.…
- V2626-17 Obligación de facturación de los servicios financieros que prestan y que, a tenor, del artículo 20.Uno.18º de la Ley 37/1992, están exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V0946-17 Se consulta si se puede hacer una factura del anticipo sin tener los datos fiscales del cliente.
- V0565-17 Obligación de solicitar un Número de Identificación Fiscal o equivalente a dichas empresas y organizaciones internacionales extranjeras, a efectos de incluirlo en la factura que les emita…
- V0103-17 Plazo para la expedición de una factura completa.
- V5475-16 Adecuación de dichas minutas y su presentación en el procedimiento de jura de cuentas para el cumplimiento de las obligaciones de facturación establecidas por la normativa del Impuesto…
- V5474-16 Adecuación de dichas minutas y su presentación en el procedimiento de jura de cuentas para el cumplimiento de las obligaciones de facturación establecidas por la normativa del Impuesto…
- V5201-16 Obligación de la procuradora de expedir factura por tales provisiones de fondos.
- V3469-15 Si factura recibida por el consultante se ajusta a derecho.
- V1429-15 Obligaciones tributarias en IVA.
- V3188-14 Obligación de facturación de los servicios de mediación que prestan y que, a tenor, del artículo 20.Uno.16º de la Ley 37/1992, están exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- V3077-14 Tipo impositivo aplicable a las operaciones descritas. Facturación de las citadas operaciones cuando son inferiores a 400 euros.
- V2469-14 Sujeción al Impuesto de las citadas operaciones y obligación de facturación.
- V1906-14 Tratamiento de dicha actividad a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido así como de su facturación, y otras cuestiones que se citan en el cuerpo de la presente contestación
- V1675-14 Ver contestación a consulta
- V1602-14 Tipo impositivo aplicable a las facturas emitidas. Si hay límite para facturar por pagos al contado.
- V0375-14 Obligación de facturación de los servicios de mediación que realizan sus asociados y que, a tenor, del artículo 20.Uno.16º de la Ley 37/1992, están exentos del Impuesto sobre el Valor…
- V2277-13 Posibilidad de expedir facturas simplificadas. Si en el artículo 4.2.e) del RD 1619/2012 se comprenden los servicios de alojamiento u hospedaje.
- V2202-13 Aplicación del IVA a los servicios descritos. Obligación de emitir factura por cada operación realizada. Posibilidad de emitir facturas simplificadas al no superar cada operación los 400…
- V0098-13 Contenido de la factura a emitir por la entidad consultante por la prestación del servicio de gestión de cobro de recibos.